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51Ó LA DIVINA PASTORA y BL BTO. DIEGO j. DB c. como ·obispo que debía conservar su honra incontaminada, se vió obliga– do a escribir su defensa titulada: Apuntaciones para la apología formal y política del ilustrísimo señor don fray Migue1 Suárez de Santander.– Respuesta de este ilustre prelado a otra muy irreverente y calumniosa que le escribió e imprimió en Madrid, en el año 1815, el padre fray Ma– nuel Martínez, mercenario calzado (1), En esta obra va narrando los hechos de aquel agitado período, tales como sucedieron y él los vió y apreció, con los pro y contra de los españo– les y de los fran·ceses, quitándose todas las espinas , una por una , con que sus .enemigos pretendieron herir su honor y mancillar su vida de obispo y de buen español. Las principales acusaciones que se le hacían pueden reducirse a tres: 1.ª De su actuación religiosa con el invasor. A lo que contesta, que tratándose de una cosa lícita que se le pedía no sólo por los franceses, sino también por los españoles, incluído el cabildo eclesiástico , para urili– dad de la Iglesia y de los aragoneses, creyó lo más prudente acceder. 2.ª De su intrusión en la jurisdicción eclesiástica de Zaragoza y de haber tomado posesión del obispado de Huesca, viribus et armis, .sin bulas pontificias. De lo que se defiende: en cuanto a lo primero, con el nombramiento de gobernador eclesiástico que le mandó el arzobispo; y en cuanto a lo segundo, explicando la tristísima situación de la Iglesia, pri – vada del Sumo Pontífice, encarcelado ocultame.nte; que consultó el caso con el obispo más antiguo de la provincia, entre los dos que no habían huído, y le contestó que podía hacerlo, acudiendo después al Papa para su confirmación, pues en este caso tenía el nombramiento del rey, según privilegio de entonces, recibía la jurisdicción del cabildo en quien residía, y las temporalidades del monarca que es el que las daba, supliendo la falta de bulas por las luctuosas circunstancias y el propósito de solicitar– las en la primera ocasión posible. En cuanto a que tomó posesión por la fuerza y con armas, se defiende diciendo, que una cosa es que en aquella ocasión se presentara el general con parte de su ejército, y otra que fuera para cohibir al público en el acto de la toma de posesión, que se verificó con paz y alegría del pueblo y del clero, y que nunca firmó como obispo de Huesca, sino como gobernador eclesiástico a modo de vicario capih.:lar, (S. V.). 3.ª De no haber huido como otros obispos. A lo que responde ex– poniendo la doctrina de san Agustín que enseña: Cuando un pastor de al– mas es solo y perso ilalmente perseguido , puede huir lícitamente y aban, donar su rebaño; pero cuando la persecución es común al pastor y a sus ovejas, entonces debe permanecer junto a ellas, para guiarlas y forlale– cerlaa con au preaencia. Este último es mi caso y a él me atuve en cumpli– miento de un deber-de conciencia, evitando inmensos males y haciendo con mi sacrificio un bien, difícil de ponderar, a las iglesias y a los arago– neses. Y termina su defensa, como san Pablo ante el tribunal de Festo: ·Si no se cumpl_e la regla que la moral impone a todo calumniador de restituir lo que públicamente ha quitado, ad Caesarem apello: estoy pronto a compa- 1. Afio de 1817.

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