BCCCAP00000000000000000000461
FIESTA L-ITÚRGICA DE L-A MADRE DEL- DIVINO PASTOR · 345 sado y de13agraviar:lo. De aquí nuestra hipó– tesis, de qüe fueron los mismos reyes quienes , por orden verbal o es– crita a su ministro , re– comendaron a la Santa Sede el negocio de la fiesta de la Pastora. El Santo Cristo de los Faroles de la típica plaza de los ca– puchinos de Córdoba, inaugurado con la predicación de fray Diego para el feliz término de la guerra. Sin Ja anuencia re– gia nb puede explicarse la facilidad y prontitud cun que la Curia Ro– mana, maniatada por las regalías, se resol– vió a terminar la causa felizmente, ni tampoco la expeditez y desem– barazo con que se le dió el Regium exse– quatur, sin que el mi– nistro ni los inquisido– res ni el Consejo de Estado levantasen la menor protesta ni opu– sieran la más leve di– ficultad. Después de la borrasca viene Ja cal– ma y Dios da la victo– ria a los que legítima– mente pelean. En el re– loj divino había sona– do la hora de glorificar a la Santísima Virgen, colmando las ansias de fray Diego y las de los capuchinos espa– ífoTeS:- El Vicario de Jesucristo, después de siete años de prueba, pone fin a la causa y el día 1 de agosto de 1795, por primera vez en la Iglesia, ins– tituye canónicamente la fiesta en honor de la Divina Pastora, que llenó de tanto regocijo a sus postuladores, que hubieron de exclamar: Haec es/ dies quam fecit Dominus, exultemus et Jaetemur in ea: este es el día que hizo el Señor y será para nosotros hito de alegría y de eternas exultacio– nes. El rescripto pontificio con que la Santidad de Pío VI crea la nueva so,– lemnidad abarca tres partes: 1.ª-, la oración: 2.ª-, las lecciones propias del segundo nocturno, y 3.ª -el decreto de su aprobación. · ;Como el documento apostólico reviste suma trascendencia, ya por ser cronológicamente el primero que establece la fiesta litúrgica de la Pastora, ya porque entraña peculiaridades muy honrosas para los capuchinos, y 44
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz