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340 LA DIVINA PASTORA Y BL BTO. DIBGO J. DB C. Cuando Godoy tuvo en sus manos el informe inquisitorial las fibras de su turbic corazón debieron saltarle de gozo, y si la predicación de fray Diego era p,ua él una punzante espina, creyó sacársela en esta ocasión desautoriza:1do al apóstol de Cristo. Precipiiadamente y sin tomarse un día para la reflexión, puso al infor– me un decreto marginal con estas breves palabras: «Julio, 28 de 93-Res– póndase a fray Dieg.0 de Cádiz como dice el inquisidor general» (1). La urgencia con que procedía da motivo para suponer que no infqrmó a los reyes sobre su determinación. Sin limar ninguna aspereza, con todas sus voces y conceptos, y silenciando sólo, por la cuent1· que le tenía, el párra– fo contra el culto al Sagrado Corazón de Jesús, se trasladó el informe en forma de carta, y firmándola con su puño y letra, se la mandó al santo ca– puchino. Penemos a continuación el célebre documento: «Madrid 30 de julio de 1793.-AI padre fray Diego de Cádiz capuchino en Ronda.-El rey ha visto el juicio que han formado personas de gradua– ción y particulares conocimientos en las ciencias e_clesiásticas acerca de la solicitud instanciada por vuestra merced, para que :-us majestades re– comendasen la pretensión, pendiente en Roma, de que se concediese el uso del oficio y misa en honor de la Virgen con el título de Pastora de las almas. · «Por los dictámenes se ha enterado su majestad que el referido título es nuevo y desconqcido en toda la antigüedad, i'mpropio y uno de aquellos que ni honran verdaderamente a esta Señora, ni sirven para su glorioso culto; que la devoción que se intenta, ni es útil ni necesaria para excitar la piedad de los cristianos, y que al contrario puede dar motivo a muchos inconvenier:tes por cuyas reglas se ha dirigido siempre la lgle1?,ia para no admitir estas novedades; que las razones que vuestra merced expone en su representación son débiles y voluntarias, sin apoyo en la Escritura y en la tradición, o más contrarias a estas y a los principios de una sólida teología; y ~inalmente, por otras consideraciones que ha tenido presente su majestat:, ha resuelto se diga a vuestra ·merced, como lo (}j-ecuto, que, lejos de recomendar su solicitud a la corte de Roma, sería de su real agra– do que vuestra merced continuase, como hasta aquí, empleando su celo y talento en 1 enseñar a los fieles el verdadero modo de obsequiar a Marí<1 Santísima}' de celebrar las fiestas ya establecidas, ._conformándose con el espíritu y p:-ácticas de la Iglesia, sin fatigarse en intentar otras nuevas, ni dar al pu~blo argumentos de novedad y de capricho. Dios guarde a vues:– tra merce~muchos años>. El duque de Alcudia (2). La con=usión y el dolor inmenso, que embargaron el alma de fray Diego con La lectura de esta durísima, despiadada y lacerante carta, ca– rente hasta de forma política, no son para descritos. Sólo por su gran hu– mildad y amor a la Virgen María pudo resistir la inesperada prueba, que vista con lc•s ojos de la fe es el sello de las obras de Dios, que al fin son l. ARCH. HrsT. NACIONAL. EsTADO, leg. 4817. - 2. Ib. - En la carpeta hay esta nota: ,Fray Diego de Cádiz, capuchino. Negada su solicitud de que se recomendase a la corte de Roma el uso e.el nuevo oficio y misa de la Virgen bajo el título de Pastora de las almas, .

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