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182 LA b1viNA PASTORA Y BL BTO. biBOÓ J. bB C. para llorar nuestras culpas y merecer la protección de nuestra dulcísima Pastora, viviendo como verdaderos hijos suyos en paz y unión con todos; y que de otra suerte ni lograremos su asistencia en nuestra muerte, ni go– zaremos de los gustosos pastos de los especiales favores con ·que regala a sus buenos corderos, ni tampoco la tendremos de nuestra parte, para que nos defienda del infernal león, que como enemigo mortal, nos asecha para destruirnos, haciéndonos caer en mayores culpas. «- CAPÍTULO 6. 0 -De algunas advertencias para el más fácil cumpli– miento de las generales Constituciones.-Aunque las generales Constitu– ciones de nuestra Confraternidad ordenan que la función de nuestra aman– tísima Pastora se celebre a los 15 de agosto, en el día de su Asunción a los cielos, se determina no obstante, que en esta villa se haga el domingo infraoctavo, por estar ocupado aquel día con la fiesta , que celebran los hermanos de la otra Cofradía; y queremos que, si no pudiese haber ser– món, no sea obligado el mayordomo, ni otro alguno a costearlo (salvo que por su devoción quiera hacerlo, y con la condición de quedar libre la Her– mandad de pagárselo después), sino que bastará se cante una misa con la mayor solemnidad, que se pueda y con asistencia de todos los hermanos en cuerpo de Comunidad. Esto mismo se ejecutará en el día de nuestro gran mayoral, el señor san Miguel , y en el aniversario de nuestros difun– tos; y en caso de haber sermón, se encargará, suplicando al padre predi – cador, que sea de asunto espiritual, ordenado únicamente al aprovecha- miento de las almas y aumento de esta devoción. · <En cuanto a las limosnas , encargamos que no sean ansiosos, ni es– "trechen a ninguno, obligándolo a que paguen lo que se acostumbra , ni sean tiranos con los pobres que quisieren entrar en la Hermandad, antes bien graciosamente los admitan. Pero al mismo tiempo todos los hermanos se esmeren en concurrir de su parte con las limosnas acostumbradas, no to– ·mando motivo de la presente Constitución para faltar a una obra tan meri– toria; pues deben advertir que lo que por su falta, en acudir con su limos– nas, descaeciese el culto de nuestro amantísima Pastora , tanto menos en– contrará de favor en la otra vida, pues el Señor (como canta la Iglesia) nos visita con sus favores a la medida del obsequio que le damos con nuestros cultos . «CAPÍTULO. 7. 0 -De otras advertencias para la más exacta observan- cia de las generales Constituciones.-Uno de los principales motivos de ·quebrantarse las leyes es el olvido y la ignorancia de lo que ellas nos or– denan: por tanto, para que en ningún tiempo ignoremos lo que estas Cons– tituciones nos encargan, ni se olviden con el tiempo , determinamos que cada año se lean en público tanto las generales Constituciones cuanto es– tas nuestras particulares. Para eso el vicemayoral tendrá cuidado que en el tiempo de su oficio se cumpla sin falta esta nuestra determinación, ha– ciendo que se lean en dos, tres o más tardes (por no cansar con leerlas todas de una vez), después de la corona, y que sea en voz clara y alta, que puedan todos entenderlas . Esto se entiende, aunque .aquel año se ha– yan leido o tengan de leerse estas nuestras particulares Constituciones por el motivo de haber fiestas públicas de toros, comedias, etc. Y el vice– mayoral, que no lo practicare así, luego que cumpla su año quedará inhá– bil para el mismo oficio y el de mayordomo por el tiempo de tres años ,

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