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ADICIONES A LA PRIMITIVA REGLA PARA LA HERMANDAD DE I::iSTEPOHA 177 " . " nes y estatutos?-Responderá: Sí, señor.-¿Ofrece usted mirar siempre por el bien de la Hermandad y por el mayor culto de nuestra dulcísima Pastora?-Responderá: Sí, señor.-¿Cree usted firmemente en todos los artículos , misterios, verdades y sacramentos de nuestra santa fe católica, como nos lo propone y enseña la Santa Madre Iglesia Romana, y está pronto a derramar su sangre y dar la vida en su defensa , siempre que fue– se necesario?-Responderá: Sí, señor.-Luego se le hará decir el Credo y, concluido, proseguirá diciendo lo que ordena la general Constitución en el capítulo segundo , y hará lo demás que allí se le previene. ' «CAPÍTULO 3. 0 -De los ejercicios y modo de vivÍl'de los hermanos.-– Aquellos, a quienes Dios nuestro Señor concediere la gracia de traerlos al místico Rebaño de su Santísima Madre y nuestra dulcísima Pastora , pro– curen distinguirse de los demás cristianos en el arreglo a uné) vida. con– forme en todo a sus obligaciones y al espíritu de nuestro Señor Jesucristo, al cual deben tener y tomar por ejemplar de sus acciones, pues ·el Eterno Padre sólo tiene destinados para el cielo a aquellos que fueren conformes en las obras a la imagen de su Santísimo Hijo y nuestro Redentor Jesús, como lo dice el apóstol san Pablo. Por ta.nto cuiden de guardar enteramen– te las presentes Constituciones, no tomándolas como cosa de juego o de mera ceremonia, sino creyendo que, aunque en nada les obligan, serán no obstante severamente examinados en el tribunal de Dios y tal vez repren– didos de haber faltado y no correspondido a un auxilio y gracia de Dios tan especial y misericordiosa, no a todos concedida. Deben, pues, apre– ciarla mucho y corresponder a este beneficio cori la observancia y cumpli– miento de estas Constituciones, sin la cual de nada les aprovechará el es– tar escritos en los libros o tablas de la Hermandad. «Lograrán , sin duda , desempeñar esta deuda, si procuran frecuentar los santos Sacramentos de confesión y comunión, perseverando en ello hasta morir. Y así ordenamos que todos los meses se tenga una comunión, que será el domingo segundo de cada mes / salvo si en él cayese alguna festividad principal de Cristo nuestro Señor o su Santísima Madre, que en tal caso deberá trasladarse para aquel día. Y así el mes de eriero será la comunión el día de los Reyes; el de febrero, el día de la Candelaria; el de marzo , el día de la Encarnación; el de abril , mayo y junio, será en las fiestas de Pascua de Resurrección, Ascensión del Señor y venida del Es– píritu Santo y domingo infraoctavo del Corpus. En agosto el día de lp Asunción de nuestra Señora: en septiembre el día de su Nacimiento o de su dulcísimo Nombre; en diciembre el día de la Purísima Concepción, y también el de Pascua de Navidad. Así mismo será día de comunión el de la fiesta de nuestro gran mayoral el señor san Miguel 29 de septiembre. Estas comuniones se harán en el altar de nuestra Santísima Pastora en comunidad, procurando asistir todos los hermanos y hermanas, que no estuvieren legítimamente ocupados , para lo cual el vicemayoral avisará el día de fiesta antecedente,. diciendo, acabada la corona de la tarde, que gl día tal es de comunión; la que ádministrará él por sí o por otro cualquiera sacerdote, sin que se note de faltar a ella el que la practicare en otra igle– sia, como no sea excusa para omitirla, que e11 tal caso, a éste y a cualquie– ra otro que falte lo multamos en dar una limosna a su voluntad, para los gastos de la Hermandad. 1-Ya se deja entender con esto cuáles deben ser las costumbres de los 23

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