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m DEUSTO 4. º Carta de la Rvda. Definición cediendo al patrón cierta extensión de tie– rra con nogales, y respuesta de dicho señor en agradecimiento (r). Sr. D. Antonio de Castro y Zornoza: Habiéndonos informado el R. P. Fr. Teodoro de Villadiego, Guardián de nuestro Conven– tn de Deusto (Bilbao), quedar perfectamente acabado el nuevo ca– mino que se ha hecho para subir a dicho Convento, sin haberse ne– cesitado para ello permutar el pedazo de tierra que con algunos no– gales que hay en él está debajo de San Antolín, de aquella repúbli– ca, dejado para la fundación del mismo Convento con lo demás que se ha aprovechado en ella por su fundador (q. d. D. g.), y cuya po– sesión había mantenido hasta ahora el respectivo Síndico en nom– bre de la Silla Apostólica, únicamente con la mira de que podría ser– vir, perm.utándose para la composición del expresado camino, he– mos determinado el Provincial y Definidores de esta Provincia de las dos Castillas, a la que pertenece el sobredicho Convento, el que se deje enteramente dicho pedazo de tierra con sus nogales, y que vuelva al dominio y posesión de Vuestra Merced, como legítimo sucesor y heredero que es del referido fundador. Y ofreciéndonos con este motivo a la disposición de Vuestra Merced, quedamos con todo afecto rogando a Dios que prospere su vida muchos años. De este Real Convento de Capuchinos de El Pardo, cuatro de noviem– bre de mil setecientos sesenta y nueve. Afinos. servidores de Vues– tra Merced y sus más, Fr. Manuel de La Calzada, Provincial; Fray Agustín de Toledo, Definidor; humildes Capellanes; Fr. Fidel de Plasencia, Definidor; Fr. Mariano de Sietei1;lesias, Definidor; Fray Fidel de Santurce, Definidor. Sr. D. Antonio de Castro y Zornoza, Patrón de nuestro Con– vento de Deusto. 5. 0 Respuesta del señor Patrono a la Rvda. Definición (z). RRmos. PP. y mis venerados dueños: Con la ·mayor estimación recibo la de VV. RR. de cuatro del corriente, con el aviso que en ella se dignan darme de haber comunicado st1 Orden al R. P. Fray Teodoro de Villadiego, Guardián de nuestro Convento de Deusto, para que el pedazo de tierra sobrante de la casería en que se erigió el Convento \con sus nogales), respecto no haber sido necesario por mi parte para la composición del camino y allanar la que está que (r) Arch. Cap. Prov. Cast., 32/000175. Ms..sin rubricar, 3 1 X 21 ; dos hojas. (2) Sigue el mismo documento, 32/000175.

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