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(BILBAO) 301 en el citado asunto y en el de la redención de los empeños que se han contraído para la citada nueva fábrica, de forma que sobre uno y otro asunto hará el nominado don Gregario de la Torre cuan– tos actos, autos y diligencias judiciales y extrajudiciales sean ne– cesarias, hasta que enteramente se efectúe lo que queda expuesto, y al mismo intento le doy el que más necesite, con incidencia y de– pendencia, anexidades y conexidades, libre, franca y general ad– ministración y relevación en forma, que siendo hecho y fonnali– zado por el susodicho, desde luego, como tal Síndico, lo apruebo y ratifico en todo y por todo, para que siempre tenga entera vali– dación y con facultad de que le pueda sustituir en cuanto a enjui– ciar y no más, que a todos relevo en dicha conformidad, con obli– gación que hago en calidad de Síndico general de la citada Orden, a que este poder le abra, está por firme y cuanto en consecuencia de él se hiciese -con poderío de escrituras de su fuero com,petente, sumisión a ella y absoluta renunciación ele todas las leyes, fuer– zas, derechos y privilegios que deba renunciar y que a este caso correspondan con la minoría ele edad, beneficio ele restitución ii1 in tegrum. En testimonio de lo cual así lo digo y otorgo ante el presente Escribano y testigos en la villa de Madrid a veintisiete días del mes de octubre de mil setecientos sesenta y dos años, que lo fueron don José Castro Martínez ele Maeztu, don Simón de Uri– zarne y don José Garrido de la Fuente, residentes en esta Corte, y el otorgante, a quien yo el infrascrito doy fe conozco.-Lo firmó Tomás de Bilbaolavieja.-Ante mí, Martin Bazo Ibáñez de Tejada. Yo, Martín Bazo Ibáñez de Tejada, Escribano del Rey Nues– tro Señor, residente en su Corte y Provincia, presente fuí y lo sig– no en testimonio de verdad, Martín Bazo Ibáiíez de Tejada. COMPROBACION.-Los Escribanos del Rey Nuestro Señor que en su Corte y villa de Madrid residimos y abajo signamos y :fir– mamos, damos fe que Martín Bazo Ibáñez de 'tejada es tal Escriba– no del Rey Nuestro Señor, residente en ella, como se titula, fiel, legal y de entera confianza, y a sus escritos siempre se han dado entera fe y crédito judicial y extrajudicialmente. Y para que cons– te, damos la presente en Madrid a veintisiete de octubre de mil setecientos sesenta y dos.-.En testimonio de verdad, Vicente de Villaseñor Aciiña.-En testimo11io de verdad, Alfonso Mare Monte– negro.-En testimonio de verdad, Manuel de Esteban y Rej)isso.
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