BCCCAP00000000000000000000450

282 DEUSTO a este efecto, animándola a que haga algún esfuerzo más que los doce mil reales vellón que tiene ofrecidos; y a mis instancias y re- . petidos ruegos a este fin, nada he podido conseguir, ni más respues- . ta que el no poder contribuir con más. Aseguro a V. R. con la mayor ingenuidad lo sensible que m.e es cualquiera dilación en esta dependencia, por el anhelo con que de– seo verla ultimada y hecha la fábrica en todo con la mayor brevedad, no dudando V. R. que si Dios me tuviere en otra constitución, no habría la menor demora en la construcción; pero como yo aquí no hago otro papel que el de ver a estas señoras, llevar y traer recados para responder al P. Guardián, aunque he hecho el posible esfuerzo para mediar, se me ha lucido muy poco mi trabajo. No obstante, aseguro a V. R. por mi madre no duda el dar al– guna cosa más, pues aunque no ponga nombre al cuanto, sus doce mil reales ofrecidos serán prontos, como otra tanta cantidad ofreci~ da por mi prima. La obligación a hacer la carnera o bóveda, es solamente del cargo de mi madre, que ya advertí a nuestro P. Guardián, aunque no se tuvo presente, cuando por el maestro se hizo la valuación, aunque después me ha asegurado que habiendo ele ser una cosa lisa) sin más sobresaliente que el escudo de armas, puede bastantemente hacerse con veinte o veinticinco doblones. En esta anteiglesia, y de constarle al P. Guardián que n~i madre se halla con más atrasos que mi prima, por muchas circunstancias, y de ser las rentas muy distantes, espero de V. R. y el continuado favor que le merezco, haga presente al Rmo. Definitorio todo esto, y que deseando la más firme recíproca correspondencia con todos. Vs. Rs., nos diga qué m.ás deberá contribuir mi madre, por lo que a su merced corresponda, para ver si puede llevar este nuevo aumen– to y evitar, como conmigo lo desea, cualquiera detención, que yo, aunque me devuelva a Burgos, seguiré gustoso esta correspondencia con V. R. y con quien me ordenase, aunque quisiera se efectuase antes que dejase V. R. su Provincialato. Yo siempre seré su súbdito, y, como tal, espero repetidas órde– nes y que V. R. me mande cuanto gustase. Y pido a Dios guarde a V. R. muchos años. Bilbao y agosto 23 de 1756. B. L. M. de V. R. su más obligado y r. s., ·Antonio de Castro y Zornoza. R. P. Fr. Cayetano de Salamanca.

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz