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(BILBAO) ,277 te de dicha igh:!sia, disponiendo en ella la espadaña necesaria y las bóvedas de albañilería con su media naranja de lo mismo, pilastras interiores y arcos torales de piedra de sillería y ejecutada toda s.e– .gún arte y seguridad, tendr:'.t de costo cuarenta y tres mil trescien– tos ochenta y dos reales de vellón, que es cuanto puedo decir bajo <le los no111_bramientos que recíprocamente se han hecho en mí de -común consentimiento de unas y otras partes, y para que conste lo firmo en esta villa de Bilbao a 2 de julio de 1756.-Antonio Vega. Cartas del patron.o.-Costear iglesia ( I). Rmo. P. y muy señor mío: Recibo la favorecida carta de V. R. ,de 21 del pasado, y, obedeciendo como debo a su mandato, y enté– rado muy particularmente del estado en que se halla mi madre, he podido hacer se esfuerce a contribuir con doce mil reales de vellón, con la posible brevedad que nos hace falta para dar principio a la -obra, pues es de un efecto muy seguro que en el día está vendido, por ser cosa que hay muchos aficionados a comprarla, y se desapro– piará su merced gustosa de él porque no se retarde la fábrica. A mi prima doña Josefa de Gmtázar y Arandía veo dispuesta a •contribuir con otra tanta cantidad, también de pronto. Yo desearía infinito .(con las veras que V. R. puede prometerse creenne) hallar– me en disposición de dar mucho, para así evitar el pedir a otros; pero, pues Dios sabe nuestro afecto, se valdrá de él como aceptador ,de corazones, ya que la imposibilidad no puede extenderse a más. ,Espero del favor y fineza que merecemos a V. R. represente al Rmo. Definitorio este esfuerzo, que a la verdad es mucho más del -que yo podía esperar en las presentes circunstancias, y que hará a mi madre falta para otras precisas urgencias, y siendo como es di– nero pronto, podrá hallar en VV. RR. motivo para la mayor equi– dad, pues hacen más al caso veinte de contado que doble de pro– metido y futuro. El R. P. Guardián remitirá a V. R., como previene en su carta, •el reconocimiento, valuación y plan hecho por el maestro para la construcción de la iglesia, para la que, esperando las órdenes de V. R. y dando los poderes necesarios y demás facultades para escri– turar sobre el asunto con las dos señoras interesadas, no nos queda (¡) Arch. Cap, Prov. Cast., 32/000152. Ms. rubricado, JI X 2 I: una hoja.

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