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130 DEUSTO de febrero de n~il setecientos cuarenta y siete años y en el Hospi– cio eclesiástico regular sito en ella, yo el infrascrito Notario Re– ceptor, en cumplimiento de mi comisión cité ante ella al reveren– dísimo P. Fr. Plácido de Madrid, Presidente; Fr. José de Vitoria, Fr. Tomás de Lugo, Fr. Custodio de Villamañán, Fr. Andrés de Cambados y Fr. Lorenzo de Casan-ubios, Religiosos Capuchinos en sus personas, y habiéndola oído y entendido dijeron no tienen poder ni representación suficiente para que en ellos se entienda el negocio y causa movida por el Cabildo y Comunidades Religiosas, a cuya instancia se ha obtenido la Comisión, y que la parte legíti– ma y formal es el R. Definitorio del Rmo. Provincial de la Pro– vincia de Castilla, con quien se debe entender la citación y no con dicho Hospicio y sus Religiosos, y así piden se practique la dili– gencia, y de lo contraio protestan la nulidad de todo cuanto se obrase y ejercitare, y piden testimonio del despacho y ésta su res– puesta para dar parte al dicho R. P. Provincial y R. Definición ,;o b misma nulidad. Así lo respondieron, de que doy fe.-]osé Joa– quín Benito. Concuerdan estos traslados con la comisión y citaciones origi– nales que por ahora quedan en mi poder, para llevarlo todo al tri– bunal eclesiástico de este Obispado, donde tengo la causa. Y para que conste donde convenga, lo signo y firmo en esta anteiglesia de Deusto a dieciocho de febrero de mil setecientos cuarenta y siete años.-En testimonio de verdad, José ] oaquín Benito. En vista del cariz que tomaban la~ cosas, nuestro Síndico se pre– sent6 ante el Sr. Coregidor, exigiendo se le diese copia autorizada de las cláusulas del testamento de D. Benito Rucm,ado, referentes a nuestra fundaci6n, y de la toma de posesi6n de la casa de A urre– coec hea, para exhibirlas en tiempo necesario '.\' tapar la boca a nues– tros impugnadores. 4. 0 Demanda del Síndico de Capuchinos ante el Sr. Corregidor para que se otorgue copia autorizada de las cláusulas del testamento de D. Benito Rucavado referentes a la fundación de Capuchinos en Deusto, y de la toma de posesión del dicho convento (r). Don Juan Bautista de Hormaza y Elespnru, vecino de esta villa y Síndico Apostólico de los Rrnos. PP. Capuchinos, en la forma que más haya lugar, parezco ante V. JVI. y digo que como tal Sín- (r) Arch. Cap. Prov. Cast., 32/000062. Ms. rubricado. 3 r X 2 r : r 8 hojas, y de ellas, las cuatro últimas en blanco.
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