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278 ISIDORO DE VILLAPADIEfu'\!A O, F. M. CAP, que en el cotejo haya partidos y disputas, y se engolfe la gente en profundidades peligrosas en vez de ser útiles y obedientes vasallos» 22 • En cambio, el ministro y su colega Caballero patro– cinaron una edición clandestina de la obra De Statu Ecclesiae de Febronio, impresa en Madrid, aunque no lo dice la portada falsificada 23 • La apresurada e inesperada aplicación del programa jan– senístico jnrisdiccionalista de Urquijo se hizo el 5 de septiembre de 1799, pocas horas después de haber llegado a San Ildefonso la noticia de la muerte de Pío VI. A las 10 de la noche Urquijo presentó a la firma del Rey un decreto en el que, haciendo caso omiso de las facultades extraordinarias del Nuncio durante la vacante de la Santa Sede, Su Majestad Católica manda que « los arzobispos y obispos usen de toda la plenitud de sus facultades para las dispensas matrimoniales y demás que les competen ; que el Tribunal de la Inquisición siga como hasta aquí ejerciendo sus funciones, y el de la Rota sentencie las causas que hasta ahora le estaban cometidas en virtud de comisión de los Papas, y que Y o quiero ahora que continúe por sí ; en los demás puntos de consagración (sic !) de los obispos y arzobispos, u otros cua– lesquiera más graves que puedan ocurrir, me consultará la Cá– mara ... y entonces, con el parecer de las personas a quien tuviese a bien pedirle, determinaré lo conveniente» 24 • El Ministro de Estado comunicó este decreto al Nuncio, y el de Gracia y Justicia, Caballero, lo remitió a todas las demás autoridades eclesiásticas con una feroz amenaza en una cir– cular adjunta, conminándoles a la observancia del decreto ein salvedades ni comentarios 25 • 22 M. MENÉNDEZ PELAYO, o. c., V, 219. 23 In., 213, donde cita el testimonio autorizado del Card. Inguanzo. 2 i Fué puhlicado en la Gaceta de Madrid de 10. IX. 1799, pp. 794-795. Puede tamhién leerse íntegro en las obras de fácil consulta de M. LAFUENTE, Historia general de España, XV, 356, nota 2, y en J. BECKER, Relaciones diplomáticas entre España y la Santa Sede durante el siglo XIX (Madrid 1908), pp. 395-396. Incompleto y con variantes en M. J\IENÉl';DEZ PELAYO, o. c., 206-207. 25 (Card. lNGUANzo) Discurso sobre la confirmación de los Obispos en el qual se examina la materia por los principios canónicos que rigen en ella en todos tiempos .Y circunstancias, y se contrae a las actuales de la Península (Cádiz 1813), p. llO. Puede verse el texto de la circular en J. AGUIRRE, Curso de disciplina eclesiástica general y particular de España, t. IV (Madrid 1858, 2. edic.), Apéndice de documentos, pp. LXIV-LXV.

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