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284 ISIDORO DE VILLAPADIERNA O, F, M, CAP, son conocidos los nombres de D. Joaquín Lorenzo Villanueva, Capellán de honor de S.M., y D. Antonio Oliveros, canónigo de San Isidro ' 13 • Este grupo, al que el Nuncio Mons. Gravina en el informe a la Santa Sede en agosto de 181 1 1, denominará partido borbónico, se concentró en torno del Cardenal Primado, refugiado en Puerto de Santa María. Le debieron convencer de que en las actuales circunstancias de incomunicación con la Santa Sede él era el jefe absoluto de la Iglesia española, y de que era hora de romper con las reservas de la Curia Romana en ma– teria de dispensas matrimoniales. Creyendo encontrar apoyo y justificación en el Obispado dirigió como Primado una circular el · 25 de enero de 1809 a los Obispos que se hallaban en el territorio libre del sur, consultándoles sobre el particular. Pocos días después recibe el mismo Cardenal una Real Orden de la Junta Central para que propusiera, de acuerdo con los Obispos, « el mejor modo de dar curso a las dispensas matrimoniales y demás casos de reservas hasta que Su Santidad, recobrando su libertad, pudiese continuar en el uso de las facultades que ha ejercido y nunca le disputarán los Prelados españoles». La mis– ma mano jansenista regalista trabajaba en la curia arzobispal y en los despachos de la Junta Central. Siguiendo el juego el Cardenal respondió a la Central pi– diendo una declaración oficial de incomunicación con Roma, y, caso de hallarse el Nuncio con las facultades extraordinarias, una copia literal de la concesión para poder responder a la Junta « con la madurez, verdad y prudencia debidas a una propuesta de su gravedad y transcendencia» 44 • La Junta Central hizo al Nuncio, que se hallaba también en Puerto de Santa María con el Cuerpo diplomático, la pregunta y petición, requeridas el 4 de febrero 45 • El Nuncio se hallaba en efecto en posesión de facultades 43 Arch. Vat., Segr. di Stato, Jtfadrid-Nunzio, 249 (1814). l\fomo– ria del Nuncio unida al desp. 16 del 13. VIII. 1814. El Nuncio enu– mera también a Espiga el cual ciertamente no se hallaba en Sevilla en esta época. En mayo de 1809 estaba en Poblet ; pero antes de su elección para diputado por el Principado de Cataluña (5 de febrero de 1810) había sido ya comisionado por la Junta Suprema del Prin– cipado para representarla ante el Gobierno en Isla de León (San Fer– nando, Cádiz). Cfr. F. RAHOLA Y TREl\iOLS, Los diputados por Cata– luña en las Cortes de Cádiz, (Barcelona 1912) 20. 44 Arch. Vat., Arch. della Nunz. di Madrid, b. 232. 45 In., ib. el original.

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