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P. CARLOS DE vttLAPADIERNA 89 crituras, de tal manera que no sólo tengan bien conocida la fuerza, la razón y la doctrina de la Biblia, sino que puedan, sabia y dignamente, ocuparse en el ministerio de la divina palabra y defender los libros inspirados por Dios de las im-– pugnaciones de aquellos que niegan toda divina revelación.>) Pío X establece la obligatoriedad de estudiar la Sagrada Es– critura durante _todos los aííos de permanencia en el semina– rio, señalando las materias que se deben explicar y lo que se puede omitir en la exposición del Antiguo y del ]\¡" nevo Testa– mento. Indica lo que conviene enseiíar en materia bíblica; la preparación necesaria de los profesores de esta asignatu– ra, que deben tener, en lo posible, grados académicos en Sa– grada Escritrura; también debe tenderse a la formación de pe– queñas bibliotecas bíblicas en los seminarios. Una de la glo– rias mayores de Pío X en este campo es la fundación en Roma del _Instituto Bíblico para la formación de profesores com petentes en Sagrada Escritnra. Con motivo de celebrarse el décimo quinto centenario de la muerte de San .Jerónimo, Benedicto X\', en la encíclica ((Spiritus Paraclitus)), abunda en las mismas ideas y hace suyas, lo mismo que sus predecesores, las palabras de San Je– rónimo: «Ignorar las Escrituras es ignorar a Cristo.>) Pío XI, en el «Motu proprio)) del 27 de abril de 1924, con– cede a los grados académicos obtenidos ante la Comisión Bí– blica o el Pontificio Instituto Bíblico los mismos derechos Y efectos canónicos que a los grados en teología o en derecho canónico. Y manda que los alumnos, durante el curso de los estudios sagrados, sean profundamente instruídos y ejercita– dos, y para ello los profesores han de adquirir «un conoci– miento plenísimo e incorrupto de las cosas bíblicas», de tal manera que «no podrá ser profesor de esta discipli.na de Sa-

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