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104 ISIDORO DE VILLAPADIERNA a quienes el papa concedía, el 9 de setiembre, indulgencia plenaria « in articulo mortis »; su ministro era fray Juan de Prado 43 • En la diócesis cercana de León tenemos noticia de la exis– tencia de otra casa de la Tercera Orden: San Julián del Monte en Mayorga, cerca de Valderas. El 9 de setiembre de 1403 Be– nedicto XIII, con bula dirigida al arcediano de Triacastela (Lu– go), le pedía que confirmara las letras o documentos con los que « olim » el deán y cabildo de la catedral de León habían donado a los terciarios de San Julián del Monte una casa con sus diezmos, oblaciones, derechos y pertenencias para la construcción del convento 44 • Con otra bula del mismo día, el papa asigna como « conservadores » los mismos que para la casa de Santa María del Valle, e igualmente se exime a la comunidad de pagar diezmos de los frutos de las tierras y prados. El convento constaba, el mismo día 9, de 11 religiosos, de quienes era ministro fray Sancho de S. Julián; a todos se les concedía indulgencia plenaria « in ar– ticulo mortis » 45 • En la diócesis de Zamora, del antiguo reino de León, existía la casa y comunidad de Santa María del Soto. Con bula del 9 de setiembre de 1403, Benedicto XIII ordenaba al arcediano de Zamora que confirmara la posesión de la iglesia y casa ocupadas « olim » por los terciarios presentados al ordinario por el patro– no, sin haber mediado la institución canónica; entretanto, los frailes presentados y sus sucesores habían construido otras casas alrededor y continuado en la iglesia « missas et alia divina officia celebrando et iuxta regularía ipsius Tertii Ordinis instituta Do– mino virtutum famulando » 46 • Con la misma fecha se concede a la comunidad como « conservatores » los mismos que a Santo Espíritu de Astorga y a Montefaro, y se la exime de pagar diezmos por los frutos de tierras y heredades 47 • 43 !bid. 320 n. 945; J. PERARNAU EsPELT, Dos tratados cit. 19s. 44 BF VII, 322s n. 951. 45 Ibid. 320 n. 945; J. PERARNAU EsPELT, Dos tratados, 20. La comunidad, deseosa de mayor perfección - son sus palabras -, pasó a la Orden de Santo Domingo en 1450, no sin que uno de los componentes, fray Lope de Espíritu Santo, moviera causa a los dominicos: BF n.s. I, 696 n. 1354, 734 n. 1454. 46 BF VII, 323s n. 954. 47 !bid. n. 953; J. PERARi\fAU ESPELT, Dos tratados cit. 23.

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