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7 VICIS!TUDES DE UNA PROYECTADA VERSION CASTELLANA... 141 toriales se basaba en las siguientes razones: 1) son casi insuperables las dificultades que entraña reproducir en términos castellanos el vocabulario latino de las Etimologías y Diferencias; 2) las ciencias han hecho notables progresos con relación a la doctrina y al método de estos libros isidorianos; 3) finalmente, el conocimiento de estas obras no ofrece mucha utilidad al público docto español. El librero estaba de acuerdo con estas sugeren– cias de sus colaboradores y previendo que el Consejo las aprobaría también y que no se hablaría más de la edición bilingüe, para garantizarse la ex– clusiva de la proyectada edición critica, le pedía «una carta de recomen– dación para que en los Archivos y Bibliotecas, donde se hallen, dejen sacar copia de las obras que haia del Santo». Estos eran los puntos fundamentales de la nueva solicitud presentada en fecha imprecisada ~ 0 • Los consejeros la examinaron en la sesión de-1 26 de mayo del mismo año 1772. Como se ha visto, el proyecto inicial se había modificado sustancialmente y el problema se planteaba en tales términos que exigía un examen más concienzudo. La cuestión revestía cierta gravedad y trascendencia y no bastaba el parecer apresurado de cualquier censor para señalar una pauta segura y definitiva. En casos semejantes «los graves Consejeros de Castilla, legos casi siempre para juzgar de los libros, pues su censura no debía limitarse a la ortodoxia, mas también al mérito intrinseco y a los errores meramente científicos, solían delegar en personas competentes: filósofos, literatos o historiadores; también en corporaciones sabias, como las Academías Española y de la Historia» 21 • Tal fue la decisión del Consejo en nuestro caso; el secretario D. Antonio Salazar trasladaba el 1 de junio un oficio a la Real Academia de la Lengua, pidiéndole un informe razonado sobre los siguientes pun– tos: 1) valor de la traducción de los pliegos presentados; 2) oportunidad de continuar la traducción y dar cima a la edición bilingüe; 3) utilidad y conveniencia de preparar una reimpresión de la edición regia madrileña de 1599. Evidentemente el juicio de la Real Corporación no sólo sería orien– tador, sino decisivo e inapelable. haec editlo, et ob egregios viros, qm m eam adornandam incubuerunt, celeberrima». Así se expresa Faustino Arévalo en Isidoriana l\ 265. Cf. C. PEREZ PASTOR, Bibliografía ma– drileña I, 332-334. 20. Reproducimos el texto de fa solicitud en el apéndice documental, n. 7. 21. Manuel SERRANO Y SANZ, art. cit., 31.

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