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50 JOAQUÍN DE ENCINAS lUJSUMlENDO: El arte, yu se le considere eomo creación dd in– dividuo, o como hecho social, es un elemento constitutivo de la nacio– nalidad y una nota característica gue nos la revela y define. La creación artística individual contiene un 2ensamiento filosríl'ico o la idea sintética de la historia de un país. Esto es riosible porque rl artista crea con todo su "ser" y el hombre es un producto de su ·' me– dio··; es posiblt> además port¡ue la misma técnica do la obra incluye fondo y IOrma, o idea y ejecución. La forma y la ejecución tienen de– pendencia obligada del espíritu territorial; la idea o el fondo, en sí in– dependientes, deben someterse a la ··ejecución" o al estilo del pintor, o del artista. El hecho artístico, como creación individual, revela a l<Jspaña como un pueblo místico e individualista. Las manifestaciones estéticas de la colectividad se acusan particu– larmente en las construcciones. Y más particularmente en las cons– trucciones pobres. Por ser obra de la colectividad y ser obra espontá– nea se descubre en ellas, al desnudo, la psicología social, que no es otra que la del ''territorio". Las conslruccionPs lujosas, si obedecen al sentimiento popular, nos rcrnlan igualmenh: los rasgos característicos del pueblo donde tienen lugar. La estética de la ciudad dP Granada revela a un puehlo amante del paisaje y de la vida sobria, y honesta. * * * He recorrido los elementos constitutivos de la nación española. El te– rritorio le daba el carácter de nación peninsular geográficamente, y socialmente la car.acterízaba como un pueblo amante de su indepen– dencia. La raza, con el legado heredif.arío de los diversos cruces con otros pueLlos, perfilaLa su car[wler religioso y artista. La religión y el ,irle han maní restado nuevos rasgos psicológicos del carádPr t'spaño!: a saber: el misticismo y el individualismo. Por tanto, si fuera lícito circunscribir a una frase concisa la nición descriptiva de 1.<::spaña, esta definición podría rezar así: "Espa– ña es una nación peninsular, habitada por un puPhlo artista y religio– so, con un aire marcadamente místico e individualista". CONCLUSION: Las normas de acción política c¡ue se deducen de este concepto de Es.l)aña las estudia Ganivet recorríPndo los cuatro pun– tos cardinales: esas normas vienen por tanto dictadas en primer lu– gar por el "espíritu territorial". Atendido el espíritu territorial, Ga– nivet asienta el siguiente principio: "No se debe hacer más de lo que convenga a nuestros intereses; ni la religión, ni el arte. ni nin¡.rnna idPa. así sea la más PleYada, puede suplir en la acción la ,rnst'neia de interés nacional, puesto que este interés abarca todas esas ideas y ade– más la vida total del territorio, su conservación, su indPpPncleneia, su engrandecimiento" (i;ji). Estos intPreses, como sp dedure del contPxto. son los intereses de nuestra geografía política. Ahora bien: la configuración geográfica dP España Poloca a los españoles, frpnte al Continente, en una artitud de defensa. La Penín- GANIVET, o. c.. t. I. pág 199.
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