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ISIDORO DE VILLAPADIERNA de fiscal, Cano Manuel reduce a cuatro puntos su dictamen: r.º C nese al nuncio que remita dentro de las seis horas, a partir de la c< nicación de la orden, copias literales certificadas u originales de la ce pondenc1a mantenida con varios prelados y cabildos sobre este asu 2.c cumpla o no lo anterior, ((Se le haga salir de Cádiz y de los te rios de España dentro de veinticuatro horas, ocupándosele las temp dades)); 3. 0 se dé cuenta a los prelados de España de este expedien se les exhorte a ilustrar a sus diocesanos y cumplir los decretos d Cm tes y gobierno; 4. 0 se dé cuenta también de esta resolución v 1 vos gravísimos a la Santa Sede cuando se pueda, para que se sirva brar otro delegado <<que desempeñe su misión sin traspasar los lí. que son propios de este destino público>) 65 • Recibido este dictamen la Regencia adoptó un término medio << los extremos de rigurosa justicia o de un disimulo peligr El 18 de abril resuelve expedir un oficio al nuncio manift dole que su proceder ha sido contrario al derecho de gentes, y qL abusado de su misión, valiéndose del car:kfer pí1blico c1ue tiene excitar a la desobediencia a prelados y cabildos; por lo cual, la R cia, l1Ue tiene la obligación de defender el Estado y proteger la reli se cree autorizada para extrañarle del Reino y ocuparle sus tempor des, mas por consideración a Su Santidad, se limita únicamente a d:1r c¡ue «se desapruebe la conducta de V. E., bajo la segnridad el< rn lo sucesivo se contendrá dentro de los límite, de su legación, y valdr:í de la ocasión que le proporciona el carácter público con q halla revestido para practicar como prelado extranjero gestiones i¡ o semejantes a las que quedan indicadas, sino í111icamente para ha al gob;erno, y por conducto de su secretario de Estado; en el cor de c1ue si V. E. se olvida de sus deberes, se verá S. A. [la Regenci b sensible, pero inexcusable precisión de usar de toda su autorid: desempeño de los lJUe ha jurado cumplir, al tiempo que se encarg ejercicio de ella. n El oficio. extendido en estos términos, lo firmaba ele abril Cano 1vfanuel, secretario de Gracia y Justicia, e iba dirig ((Sr. Arzohispo de N1cea)) ,;G. El mismo día 23 el cardenal Borbín nrno su firma a lll1 ma11 <,a los prelados y cabildos de España,,; ~l borrador lo había red: r,:; Di:irio de Sesiones, p. 52 !( 1-5226. Original en Ca11s,1, carp. 30. "" Cat1:ll, carp. 32, minuta; J1tmifiesto de la Regencia de 8 de julio, (Di,zrio de Scsfm!es, p. 5663-5664). Cf. T. L. V1LL.\NlºE\'.\, i'vli viaje ... , E

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