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[27) CONFLICTO ENTRE EL CARDENAL Y EL NUNCIO Iglesia universal, los de la de España y los de Su Santidad como primado y Vicario de Jesucmto; y finalmente, los del honor y prosperidad del Congreso por todos los cuales toma un interés tan decidido)). Asimismo, en las cartas enviadas a los cabildos, el secretario de Gracia y Justicia ve «desahogm no permitidos ni compatibles con el carácter pú-blico de Le– gado de Su Santidadí), que violó la reserva recomendada en su represen– t.món al gobierno e impone otra a los cabildos para llevar a cabo sus cmegocios políticos,;. La conformidad que, a juicio de Cano, se advierte entre los pasos del nuncio y los del cabildo de Cádiz, ((es el mayor con– vencimiento de LJUe era uno mismo el plan, uno el interés que les unía, y unos finalmente los medios de ponerlo en ejecucióm>. Para evitar los ,1 funf'stos efectos,, y toda posible ramificación de la conjura, señala dos medios: uno es pedir al nuncio las cartas c¡ue haya escrito y contestacio– nes originales recibidas, y el otro la posible expulsión del territorio español. <cLa continuación del 1-vf. R. Nuncio de Su Santidad con el carácter de tal, cerca del gobierno español, sería un obstáculo insuperable para la tranquili– dad de esta nación tan religiosa como leaL>. Y aludiendo a los rumores esparcidos últimamente de un concordato entre el Papa y Napoleón avan za el dictamen sobre la suerte del nuncio : «los intereses del Estado y de la Iglesia de España contradicen abiertamente el c.1ue por más tiempo se reconozca a un delegado de Su Santidad con un carácter y una misión gue puede llegar a ser el instrumento del Tirano que nos oprime)). La dificultad para esta cesación disminuye aún 111,1s en este caso concreto, teniendo en cuenta h reciente conducta del nuncio, porque c<si no se permite a ningún español el que contraríe las disposiciones del Congreso Nacional y del gobierno, mucho menos debe permitirlo a un prelado ex– tranjero que con sus gestiones ha desconfiado de la autoridad del gobier– no cerca del cual reside, y ha procurado excitar, en cuanto ha estado dr m parte, a que las iglesi:{s de España miren como abusivo el ejercicio de la temporal en los decretos (1ue ha expedido sobre la Inquisición)). Pro– sigue el secretario de Gracia y J usiJícia su~ invectivas contra el nuncio y contra la Curia Romana, c1ue ha vulnerado los derechos de los obispos hasta el punto de verse reducidos a una <cespecie de tutoría (1ue les hacía dependiente~ de la Corte de Roma, :V les degradaba de la gran dignidad con c1ue Tesucristo les condecoró),. Termina los cargos contra el nuncio repitiendo c1ue la culpa mayor de ((este prelado extranjero)i es el haber puesto a la nación con sus oficios v ocultos manejos en el peligro de una anarqda religiosa, ccsi la firmeza cristiana del primer prelado de la Iglesia española y de los otros dos regentes no la hubieran prevenido)). Haciendo

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