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CONFLICTO ENTRE LI. CARDENAL Y EL NCNCIO Entre tanto el asunto de los carmelitas dió margen a otros casos espo– rádicos que demuestran el desconcierto creado en las Ordenes religiosas por el malhadado visitador. Así en agosto-septiembre de 1812 los be– nedictinos de Inca (1vfallorca) solicitan del cardenal cierta dispensa de localidad de misas, negando expresamente fa! f¡icultad al nuncio ,J(l. En octubre el comisario provincial de la provincia franciscana de Santiago, fray José lvfartÍnez Delgado, había propuesto la elección del provincial v definidores en virtud de mandato del Rnno. Vicario General como de– Ícgado del cardenal primado ((reformador de los Reglares de España e In– dias, quien usando de sus facultades apostólicas nativas)) había suplido la imposibilidad de celebración del capítulo. El arzobispo de Santiago, don Rafael de rvfuzc1uiz y Aldanate, salió a la defensa del nuncio, como su hermano el Conde de T orre-rvfuzc1uiz, suspendiendo la publicación de la elección. La audiencia de Galicia apoyó también esta suspensión, y el comisario provincial elevó el recurso a la Regencia para que, oído el Con– sejo de Estado y con el consentimiento de las Cortes, se declarara ((per– tenecer al cardenal, como tal reformador apostólico y como primado, las facultades de hacer publicar las elecciones)). La solicitud llegó a las Cor– tes, quirnes el 30 de noviembre la pasan a la Comisión de examen de me moriales y luego a la de Constitución, siendo por fin archivada el 18 de agosto de 1!313 ((para que se tenga presente a su tiempo)) "º. En enero de 181 3 el nuncio envió a la Regencia su última repre– sentación sobre la cuestión, aun no resuelta, de los carmelitas de C:í– chz, con copia de la representación del 24 de julio del año anterior v con nueva documentación sobre la jurisdicción del nuncio sobre ¡¿s 1m Superior a q11ien h,1ytm de estar s11je,as las Ordenes Religiosas, y quién sea la persona qt:e deba nombrarse para ello. Cádiz, Imprenta de la Junta de Provin– cia, En la Casa de 1-fisericordia. Año de 1812. 4 ~ Arch. Vat., Arch. lV1mziatt1ra di i11t1drid, 230. S'obre este asunto 'se halla solamente una larga representación del 30 de septiembre de 1812, firmada por fray Domingo Filgueira, refutando una carta del 7 de agosto del auditor don José Azpeitia que entendía m este asunto y era favorable al nuncio. El benedictino llega a insinuar que no le estaría mal al nuncio otro caso sonado como el de los carmelitas de Cádiz, para que la suprema potestad temporal «diese algún corte mayor y más memorableiJ. 50 Arch. Cortes Españolas, Expedientes, leg. 13, nº 23. En una nota del 24 de julio de 1813', desde su destierro de Tavira, el nuncio alude a un caso semejante de confirmación del provincial de los dominicos, punto en que el car– denal no quiso convenir con el nuncio, con graves trastornos para los religiosos de dicha Orden.
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