BCCCAP00000000000000000000355

ISIDORO DE VILL\P.\DIÉRN.\ la< actuales circunstancias. El 5 y 24 de octubre insÍste ante la Re en la regularidad de sus procdimientos, y declara nulo, en nom Su Santidad, todo cuanto en materia de regulares se baga por cu, otra jnrisd:cción, ((excepto lo correspondiente a visita c¡ue está autc el Emo. Cardenal». En febrero de 1812 recurre a la nueva Regen llamada trdel Quintillo)) instalada el 21 de enero anterior, abogarn b pronta t<:solución de este asunto de los carmelitas de C:ídiz, c1ue de verdadera gravedad y transcendencia. Esta Regencia, como la ar prefirió callar ante lo r 0 spinoso del :mmto en el c1ue se enfrentaban l . , 1 - .supremas ierarqmas · '. La cuestión sigu:Ó agita:b en el Cr;nsejo de Castilla, ante el cual r,ormente a jun;o de 1812, se trató del problema de los re[l"ulares de nea, impmibilitadm de poder acudir, ·por las circunstan~ias, a la Sede y a sus supenores mayores. El C'.onsejo, siguiendo en este asu trayectoria rcg-alístico-jarnen;sta c1ue tendía a desmembrar v desee zar lo m:Ís posible de Roma las Odenes relig;o,as, resolvió en jurn los americanos recurran a los obispos, <<c1uienes provisionalmente e estas facultades,,. Se separaron del dictamen de la mavoría los con Conde de T orre-l\fuzL1uiz y don Ignacio Omulrian, quienes en un noso voto particular, son de parecer cp1e los regulares de Amér;ca (< tiendan para lo sucesivo en los casos c1ue ocurran y mientras su! estas presentes circunstancias, con el 1\f. R. Nuncio de Su Sar ~\ quien por el supremo gob:erno se pasar:í aviso de c1uedar expedí :implias facultades que le e,dn concedidas sobre las comunidade '2:Iosa '> v sobre los individuos, a fin de c1ue pueda usar de ellas con gubridad, tino y prudencia que le es tan propia,). Constatan qu todas las provincias americanas han expresaJo por medio de sus radores y apoderados que debe ser el nuncio su supremo superior, leg,1do de Su Santidad, v prueban ampliamente la posesión de ta cultades por los nuncios en España, así como la carencia de ellas cardenal Borbón ' 18 • · 17 .. A.rch. \\1t., ~~lrch. l.\ 11111zi,ittsríl di .,ll,tdrid, 230, nllnutas y copias. · 18 Arch. Vat., Arcb. N1mzü1tura di ,11,ulrid, 230, copia. El voto s, en un cuaderno manuscrito con el siguiente título: Voto de los sFñores 1/e Torre-n111zquiz y don JggMcio Om11lrim1 sobre !t1 j11risdíccicÍn del N11;; Su S,mticllld sobre los R.eg11l,ires, junio 1812, sin otra fecha. Un dictame nimo, impreso, reproduce y divulga los mismos argumentos a favor del ,._{mica persona que legítimamente puede suplir en las actuales circunstan< veces del Romano Pontífice¡), Se titula Dict,m1en sobre /,¡ necesidad de 11<

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz