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ISIDORO DE V!LLAP.~D!ERNA caso tiene él más autoridad y llega su osadía -o mejor, la de su se tario Encina, o tal vez Villanueva, probable autor de esta nota adorn de emdición histórica- a estampar estas frases: c,Cuando la Santa S se halla imposibilitada de proveer por sí, mi derecho es indispens: a socorrer las almas que me fueron encargadas en el mismo instante mi ordenación con todos los auxilios y consuelos espirituales de que l den tener necesidad. En rigor de derecho, con sólo saber que el S;i Padre no puede, puedo Yo, y sea cualquiera el motivo. No necesito n digar autoridad. Jesucristo me la dió, y esta verdad, así como mi < ciencia, se afirman sobre los derechos de mis dignísimos antecesores: Ruega por último al nuncio que, si no puede hacer ver a los obispo posesión y autorización de las facultades extraordinarias, ((Se abstenga conceder gracias y dispensas, porque me sería extraordinariamente se ble y doloroso verme en la necesidad de suspender su curso y contri! contra mi voluntad al desaire que indispensablemente había de sufri1 respetable firma de V. E.)> 23 • El nuncio contestó el día 2 1, limitfodose, con respeto :' firmeza, a pEcar el motivo por el cual no había podido informar en seguida dt confirmación de sus facultades por la Junta Central, a saber: el éx de Aranjuez y posteriormente, en Puerto de Santa l'vfaría, la espera la resolución de la Junta. Le hace saber también la absoluta regulari canónica con que ha procedido en el uso de sus facultades extraord;nat exigiendo siempre (¡ue las solicitudes de dispensas se cursaran por e dueto de los respectivos ordinarios 21 • No se dejó intimidar por las l tensiones y amenazas del cardenal, y visto que la Junta nada resol siguió comunicando privadamente sus faculfades a los obispos que ~ dían a él. La Junta Central había también consultado a las universidades canas de Sevilla, Valencia y Granada, callando subrepticiamente la at rización hecha al nuncio por el presidente Floridablanca 25 • El dictan de estas universidades, lo mismo que el del Consejo de Castilla, tamt 23 Ibid., or~ginal. 24 Ibid., nunuta. 25 Ibid., carta del nuncio al obispo de Orense, 10 de junio de 1810; presentaci6n del nuncio a la Regencia, 23 de julio. En la Memoria citad, nuncio afirma que se pidieron los pareceres a algunos obispos partidarios partido borbónico, pero no hemos hallado otras referencias a esta const fuera de la que hizo en enero el cardenal primado.

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