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I'.L EPISCOP.\DO ESPAXOI. \' L,S CORTES DE CÁDIZ 67 brutal imposición ele. Santocildes y del Jefe político se verificó la lectura del decreto y manifiesto en las parroquias del arciprestaz– go de Faro la primera vez el I 5 de agosto; pero antes de que llegara el prúximo domingo para la segunda lectura recibió el arcipreste un oficio del arzobispo, fechado el 2 I de julio, en el que prohibía la lectura bajo pena de excomunión mayor. Le or– denaba además circulara esta orden inmediatamente «por vereda» a los párrocos de su arciprestazgo. L'n idéntico oficio había sido expedido a los demás arciprestazgos 104 . Enterada la Regencia de este estado de cosas, pidió el dicta– men del Consejo ele Estado quien respondió el 8 ele septiembre proponiendo la suspensiún del arzohispo fugado en el uso y ejer– cicio ele su autoridad y jurisdicción, la prohibición de comunicar con él, e incluso encausarle por los delitos de obstinada desobe– diencia al gobierno y porfiado empeño en promover alborotos y disensiones intestinas que tendían a trastornar el Estado y en– Yolverle en una guerra ci\·i!. La causa se encomendaría al Tribu– nal Supremo de Justicia. La Regencia aceptó el dictamen. Entre tanto el arzobispo contestó a !a \·iolencia con la que las autorida– des habían obligado a los púrrocos a la lectura prohibida, exco– nmlganclo a la Junta superior a principios cle septiembre 105 . To– davía en el mes de octubre no ce había ciado cumplimiento a la lectura en tocias las parroq11i;1s de La Coruña; por lo cual el Jefe político de la provincia manclc'1 poner preso en una corbeta ele guerra al rector ele la parroquia de Santiago ele aquella ciu– dad ioG_ La Regencia iba a Jleyar a callo la resolnción de encausar al arzobi:-opo cuando una orden ele las Cortes ordinarias del r 7 de octubre determinaba que cuando un español, desobedeciendo los soberanos decreto,:, se exLraDe yolnntariamenie del reino, el go– bierno lo comtmiqne al mismo tiempo a las Cortes y a la nación. En consecuencia el gobierno en un comunicado inst:rto en la Ga– ceta dió como extrañado clel reino al arzobispo y ocupadas sus temporalidades 107 . 1 °' J. L. VraANUEVA, Jfi i,iajc a las Corles, pp. 513-5q, 524; DS VIIJ, p. 6ro4; Causa, fase. 3. 105 «Procurador General de la :'-:ación y del Rey:2. 2.X.1813, p. 4079. 100 Ibid., 24.X.1813, p. 428(¡. 107 ACE, Expedientes, leg. 14, n. 0 13. informe ele c;arcía Herreros. Véase la orden ele 17 de octubre f'll CD ~.', p. 5.

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