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60 LA CUESTIÓN RJ<'.LIGIOSA };N LAS CORTrtS DE CÁDIZ IV. RESISTENCIA y PERSECUCIÓN Cuando la Instrucción pastoral de los seis obispos refugiados en Mallorca llegó impresa a Cádiz las Cortes habían privado a la Iglesia de la única posibilidad de defensa con la abolición de la Inquisición. Hasta el 19 de enero de 1813 habían representado a favor del restablecimiento de la Inquisición 22 obispos y 30 igle– sias catedrales. Muñoz Torrero que en la sesión del 22 de abril del año anterior había propuesto que se consultara a los obispos, vistas las espontáneas peticiones del episcopado de la zona libre, ya no pensó más en urgir tal consulta; al contrario, como presi– dente de la Comisión de Constitución se apresuró a declarar y probar la incompatibilidad de la Inquisición con la Constitución. Enfocada así la cuestión la supresión del Santo Oficio era inevi– table. Todo el largo dictamen de la Comisión firmado el día 13 de noviembre se mueve en torno a este principio: «El estableci– miento de la Inquisición española fué efecto de la política de los reyes, debió su origen a su autoridad y a la absoluta eclesiástica que impetraron para su Inquisidor general que ellos mismos pro– ponían a Su Santidad para que le nombrase». Es, pues, un tri– bunal mixto, más civil o temporal que eclesiástico - sigue dicta– minando la Comisión-, ilegítimo desde sus orígenes por defecto de autoridad, porque faltó la concurrencia ele las Cortes y del rey; por su modo peculiar de proceder es además incompatible con la Constitución «porque se opone a la soberanía e indepen– dencia de la nación y a la libertad civil de los españoles que las Cortes han querido asegurar y consolidar en la ley fundamental». Yí como durante la vacante del Inquisidor general los demás con– sejeros de la Suprema Inquisición y los tribunales subalternos no son más que jueces reales, no eclesiásticos, porque toda su auto– ridad les provenía del Inquisidor general, la Comisión concluye lógicamente según sus premisas la competencia y deber de las Cortes para proceder a su abolición, devolviendo a los obispos la jurisdicción usurpada por el Santo Oficio. 28 de febrero de 1813 al cardenal Borbón a favor de la Inquisición se halla en AV, Archivio della Nunziatura di Madrid, b. 231.

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