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J(L EPISCOPADO ESPAÑOL Y LAS COR'J'J(S DI~ C.'..DIZ 49 Por último, la acelerada liberación de las provincias llevó a las Cortes a legislar sobre la depuración política de los afrance– sados. Un decreto de I I de agosto hacía cesar en el ejercicio de sus funciones a todos los jueces eclesiásticos, debiendo los obispos nombrar otros mientras aquéllos hagan la competente justificación y purifiquen su conducta; los obispos suspenderán igualmente de sus funciones a los párrocos que hubieran colaborado con lo:, enemigos. «Si hubiese algún prelado eclesiástico, de cualquier clase y dignidad que sea, que se haya hecho sospechoso al go– bierno por su conducta con los enemigos, le hará entender la Regencia del l{eino que se abstenga ele ejercer las funciones de su ministerio hasta t1ue se purifique, nombrando el mismo pre– lado la persona o personas que hayan de gobernar en su lt1Rar, y dando cuenta al gobierno para que vea si éstas merecen su con– fianza» 70 • Respecto de los obispos este decreto no tuvo aplicación. Los dos prelados incriminados de afrancesamiento, el arzobispo de Zaragoza y su auxiliar el P. Santander, pasaron a Francia en la retirada ele las tropas invasoras. El arzobispo de Granada, acu– sado de haber escrito pastorales a favor del rey intruso murió durante la ocupación, el 2,.¡. de julio ele 181 I. No consta tampoco que se tomaran providencias o sanciones contra el obispo de Córdoba, inculpado del mismo delito. III. EN DEH:Ns,\ nr: L:\ RELIGIÓN Casi toda la legislación ele las Cortes en materias relig-iosas lesionaba más o menos gravemente los derechos de los obispos; mas por tratarse generalmente de cuestiones canónico-económicas el episcopado optó por el silencio y por su ejecución en favor de la patria en guerra. Cuando alzó la voz, firme y decididamente, fué para defender la religión atacada abiertamente por la prensa liberal a despecho del decreto de libertad de imprenta que la ex– cluía en las materias religiosas. La libertad de imprenta - aseguraba el P. Yélc:z 71 - sólo "º CD III, pp. 52-54. Sobre esta misma materia versa el decreto de 21 de septiembre (CD III, 'PP· 86-87; DS V, pp. 3657-366::?, 3669-36¡0. 71 RAF.\EL DE Ví:1.Ez, Apología del Altar, p. 12:l. 4
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