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46 LA CUF.STIÓN RI(LIGIOS:\ 1\N LAS COR'I'I\S DE CADIZ Por el decreto r 39 del I 8 de marzo se imponía la publicación y el juramento de la Constitución en todos los pueblos de la monarquía y a todas las autoridades civiles, militares y eclesiás– ticas - éstas comprendían expresamente los arzobispos, obispos, prelados, cabildos eclesiásticos, universidades y comunidades re– ligiosas. La fórmula del juramento era la siguiente: «¿Juráis por Dios y por los Santos Evangelios guardar y hacer guardar la Constitución política de la monarquía española, sancionada por las Cortes generales y extraordinarias de la nación, y ser fieles al rey?». A continuación se celebraría una misa de acción ck gracias con el canto del Te }Jcum, y de todos estos actos se de– bería remitir testimonio a la Regencia, que lo pasaría luego a las Cortes 02 • Como el juramento a las Cortes también el de la Constitución fué prestado con una remisividad significativa. Hasta el 8 de junio los obispos residentes en Cádiz (obispos de Cuenca, Pla · sencia, Segovia y Albarracín) no preguntan a las Cortes ame quién debían jurar la Constitución «como apetecían y deseaban». Las Cortes respondieron que lo prestaran en las manos del car– denal Dorbón. El r.º de agosto se leyó en el congreso una deta– llada exposición del general Castaños describiendo el solemne Ju– ramento de todas las autoridades de Santiago. Uno de los párra– fos decía: «Y debo manifestar a V. S. (la Regencia) que el cabil– do, tribunal de la Inquisición, prelados y demás jueces eclesiás– ticos se presentaron sin la menor dificultad en dar a este acto la publicidad que me pareció conveniente a las circunstancias. y que el Excmo. Sr. Arzobispo, además de asistir a la misa que en acción de gracias se celebró, y de haber entonado el Te Dcum, contribuyó al público regocijo con un magnífico convite a las autoridades eclesiásticas, civiles y militares» 63 • Hubo una resistencia al juramento de la Constitución: la del obispo de Orense. El r9 de julio se reunió con su cabildo en la insurgentes americanos. Mandaron felicitación al congreso o pronunciaron ora– c-iones laudatorias de la Constitución el arzobispo de Charcas y los obispos de La Paz. Arequipa, Antequera de Oaxaca, Cuenca del Perú, Cartagena de Indias, La Habana, Rosén y el obispo electo y gobernador de Guayana (DS V, p. 4095; VII. pp. 5280, 5287, 5081, 4696; VIII, p. 5553). º 2 CD II, pp. 166-167. "" DS V, pp. 3502-3509.

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