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J~L J,PISCOPADO ESPAXOL Y LAS CORTI'S DE Ci\.DIZ JI resultado de los dictámenes e informes recibidos, y en conse– cuencia la Central <lió el decreto y manifiesto del 28 de octubre convocando las Cortes por estamentos para el I .º de enero de 18m y la inauguración de las sesiones el I. 0 de marzo; pero nada se especificaba sobre el modo de deliberar los tres brazos, e,: decir, separadamente conforme a la antigua usanza, o en dos cá– maras o en una sola. Este extremo continuó siendo objeto de estudio de la Comisión de Cortes, la cual, adoptando el punto de vista de J ovellanos, abogó en el dictamen del 18 de diciemhre por el sistema de las dos cámaras, una dd clero y nobleza y la otra de los diputados elegidos por el pueblo 2 n. La Junta Central dió el 24 de diciembre un decreto ordenando la adopción del sistema bicameral. El I. 0 de enero de 18ro se despacharon las convocatorias o cartas para que las Juntas provinciales y las ciu– dades con voto en Cortes eligiesen los diputados del tercer esta– mento. Por dificultades en la confección de las listas no se expi– dieron entonces las convocatorias de los prelados y nobles. El 29 redactaron un decreto, por encargo de la Junta, J ovellanos y el secretario Martín Garay; se fijaba en él la convocaci_ón para el 1 ." de marzo en Isla de León (Cádiz\ y se mandaba expedir in:– mediatamente las citaciones individuales a todos los arzobispos y obispos que están en el ejercicio de sus funciones, y a todos los grandes de España en propiedad; los tres estamentos hahíau ele dividirse en dos cámaras para la deliberación de las materias; las funciones de las Cortes se reducen al poder legislativo y «se aplicarán del todo a la formación de leyes y reglamentos opor– tunos para verificar las graneles y saludables reformas que los desórdenes del antiguo gobierno, el presente estado de la nacion y su futura felicidad hacen necesarias» ; sus resoluciones han ele ser elevadas para su sanción al Consejo de Regencia, represen– tante del Soberano 30 • Este decreto que hubiera cambiado radicalmente la composi– ci('m y actuación de las Cortes ele Cácliz no llegó a publicarse, corriéndose varios y persistentes rumores sobre su intencionada ocultación por el poeta Quintana que trabajaba en la secretaría "' :\f. FEn~A.trnEz 1L\1níx, Flerccho ¡,arla111c11tario cs¡,a,iol, I, pp. 518-540. '' El original de este decreto y todas las incidencias de su hallazgo yéanse en ACE, Expedientes, leg. (): Causa del obispo de Ore11sc, cuadernos r y 2.

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