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promisos personales con Dios en un encuentro en el que no puede ser sustituido por la comuni– dad. Con estas premisas de orden dogmático y disciplinar po– demos adentrarnos en el texto transparente y profundo de Juan Pablo II, que dirime para siempre polémicas sin sen– titlo: «Este aspecto de la confesión individual ante el sacer– dote me lleva a mencionar ciertos problemas de pastoral litúrgica y sacramental relativos a las celebraciones peni– tenciales comunitarias. También en este campo, cuando se imparte en ellas la absolución individual, habéis po– dido vosotros mismos constatar los progresos; una cate– quesis bien hecha conduce entonces a los fieles a descu– brir el sentido comunitario de sus actos y, más aún, de su estado de pecadores ante Dios y ante sus hermanos, y a dar gracias todos juntos. Se produce entonces la celebra– ción del perdón. Esta es la auténtica gracia de este tiempo de Cuaresma: una profundización del sentido del pecado que nos tiene cautivos y. en la misma medida, un apremiante deseo de liberación y de vida nueva con Cristo, vida compartida en la alegría, el servicio y el amor fraterno» 14 • El caso es distinto cuando se trata de las celebraciones penitenciales con absolución general. El «entusiasmo» que produce entre los fieles y, de un modo especial, en la juven– tud necesita una orientación clara: «Como sabéis, no se puede recurrir a esta última más que en circunstancias excepcionales, que se producen, por imposibilidad física o moral, en casos de grave necesidad (Normae pastorales... n.3). No se puede, por tanto, recurrir a ella para renovar la pastoral ordinaria del sacramento de la penitencia. Además, la absolución colectiva no dispensa de la confesión individual y completa de las faltas. Esta debe tener lugar cada vez que hayan sido perdonados peca– dos graves por una absolución colectiva (ibid., 7). El víncu– lo entre confesión y perdón, ya inscrito en la naturaleza de las cosas, pertenece, en efecto, a lo esencial del sacra– mento. Nunca insistiría lo bastante sobre la necesidad de ,-1 Difundir las exigencias morales. A los obispos franceses de la provin– cia del Este (1/IV/1982). 187
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