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FR. BUENAVENTURA DE CARROCERA, O. F. M. CAP. de los autos de residencia que se formó al dicho D. Juan de la Tornera y de los operados en esta pesquisa que contra él se hizo>> 42 • Consiguientemente, hemos de concluir que Maturín, ni en 1722 ni antes de octubre de 1736, no pasó de ser mera ciudad fantasma, cuya existencia fué sólo en planos, en proyectos y en esperanzas pero carente de realidad concreta: ni se fundó, ni se dió principio, ni se pobló. Por lo mismo que aquel sitio seguía en 17.36 solo y desierto, como lo había estado siempre, más aún, sin esperanzas de ser poblado, no encontramos fundamento alguno para aquellos vestigios de pobladores de aquella primitiva fundación de 1722, que pretende ver el P. Ojer (p. 76). Ni encontramos tampoco razón alguna para no dar crédito a tantos testigos de vista que claramente nos dicen y afirman cuanto hemos expuesto. Pues, como escribe el historiador venezolano Jerónimo Martínez M., rechazando la duda del citado Padre jesuíta acerca de la veracidad de esas declaraciones. y de la honestidad de las autoridades cumanesas, «no creemos que esos funcionarios de Cumaná se atreviesen a informar falsamente a la Corona. En fin de cuentas ninguna necesidad tenían de hacerlo. Entendemos que, al afirmar que la ciu– dad no fué fundada, no se referían al acto jurídico de la fundación, que consta y se hallaba en poder del Consejo de Indias, sino al hecho material de ocupar el sitio y poblarlo con los vecinosH. Y, después de citar las palabras de Tornera en su carta del 21 de noviembre de 1726, que arriba hemos tam– bién copiado, termina: (<Como la aprobación real fué denegada, nada se haría en definitiva: la ciudad no había sido fundada sino en el papel. Las palabras de la Tornera nos parecen explícitas y concluyentesll 43 • Ni puede alegarse para afirmar que se hacen «más sospechosos aquellos testimonios, el manifiesto apasionamiento con que procedieron aquellas auto– ridades al decir que los mismos Autos presentados por Tornera eran falsos)) 4 ·1 • Si así lo constatan, no quieren negar con ello la autentiazidad de los Autos, sino la verdad del hecho que da fundamento a tales Autos, o sea que la tal ciudad de San Juan de la Tornera se hubiese fundado o poblado. Y en ese sentido es preciso tomar igualmente lo afirmado por el Fiscal del Consejo de Indias, cuando después de exponer lo sucedido : capitulaciones, tema de posesión, gestiones de Fr. Victorián de Castejón en la corte, etc., y testimonios citados de las autoridades cumanesas, termina su informe diciendo : ((Pero resulta todo falso)) 45 , es decir, el hecho fundamental, la fundación de la ciudad en cuestión. 42 Pueden verse estos testimonios y declaraciones en AGI. Santo Domingo, Leg. 612; no los ponemos aquí por considerarlos superfluos en vista de lo dicho y declarado por los otros testigos. 43 JERÓNIMO MARTÍNEZ M., Investigaciones históricas. Algo más acerca de la funda– ción de Maturín, artículo segundo, en el periódico de Caracas «El Universal", del 12 de junio de 1958. 44 OJER, 75. 45 AGI, Santo Domingo, Leg. 612. - 18 -

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