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MAGNITUD DEL -ESFUERZO MISIONERO DE ESPANA secular éspañol amplios horizontes misioneros. La real cédula de 14 de agosto de 1768 sobre «temporalidades de la Compa– ñía de JesÚS>)decretaba la erección de Seminarios de Misiones en España para los jóvenes clérigos españoles o americanos que se Sintieran Con vocación de misioneros <G 4 ); en ellos se es– peraba hallar mayor rendimiento a las imposiciones regalistas clel gobierno que en los regulares, a quienes por el contrario en adelante por los motivos más fútiles se amenazará con el ((extrañamiento)) ( 65 >. Gran parte de las prósperas misiones de los jesuitas pa– saron en efecto al clero secular; pero al cabo del primer de– -eenio escaso de experiencia, el mismo Coriseio hubo de per– suadirse de la torpeza cometida, cuando ya era difícil el re– medio. Al examinarse en 1778 los expedientes ya mencionados Je los tres Procuradores de Filipinas, se propuso si sería po– sible prescindir ya del envío de religiosos de España, suplién– dolos con los criollos e indígenas y con el clero secular; pero _se hizo observar que <dos eclesiásticos seculares del país, así como los de España, han manifestado siempre poco deseo de ocuparse en el ministerio de las misiones, lo que proviene sin duda de que no se verifica el que ellos se hallen ligados con los votos de pobreza y de obediencia que ejecutan los regulares, necesitan de mayores auxilios y no se ofrecen con tanta faci– lidad como los religiosos a desprenderse de sus comodidades e intereses particulares y a sacrificarse por sus hermanos; y que así se nota que, no obstante las muchas misiones vivas que (64) J. LóPEZ ALIJARDE, c.M.l"., Carlos llI de Espa!la y las .'\fisiones, en: Biblio– theca- Hispana Mis.sionum, I, Barcelona 1930, 124. Sobre la misma materia de los seminarios de misioneros en Loyola y Villagarcia hay documentos en A.G.I., Fili– pinas. Z054. (65) En 1778 se intimaba a fray Juan de san Ignacio, Procurador de los agus– tinos de Filipinas «que colectase los cincuenta misioneros de que vino encargado, dentro del breve y parentorio término que el Consejo reputase proporcionado para ello, en el supuesto de qu,;,, de lo contrario se pasaría no sólo a sustituir otra Re– ligión que cuidase los curatos que administra su Provincia en Filipinas ... , Sino que se· le expelería de aquellas iSlas por inobediente a los decretos de S. M. y aun extrañarla de todos sus reinos si se juzoaba ser correspondiente este castigo ... ». En el mismo tono se hablaba al Procurador de los franciscanos descalzos, fray Juan de Santa Rosa y por el mismo motivo (M.il.AS , l.c., XVIII, 48s, 130s). Porque en 1788 un capuchino de la Provincia de Navarra, fray Serafín de Los Arcos, se quedó en tierra en vez de embarcarse para las misiones de Maracaibo con sus compañeros de expedición, se dió contra él «orden de extrañamiento», de cuya ejecución sólo se libró alegando con certificado médico la causa justa de su retardo (FROYLÁN DE RmNEGl:W, O.F.M.CAP., Cartas y Documentos de las Misiones de los PP. Capuchinos en Venezuela, Vigo 1931, 80). - 129 - 9

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