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FACERÍAS DE LA CUENCA BAZTÁN-BIDASOA moros en acá como de cosa por eyllos acquirida y defendida y como nuestra» 82 • Eso no obstante sobre ellos pendió la espada y la talega del vizconde,/ con la justicia mediana y baja, la cobranza de pechas y el dominio sobre los montes de Alduyde y de Luzayde. Pero Baztán había podido fundar su defensa en un argumento irrebatible: los propios Fueros de Navarra, su Fuero General, era el mejor testimonio de su hidalguía e infanzonía. En efecto, al Fuero Ge– neral de Navarra había pasado, a través del fuero Sobrarbe-Tudela, el Prólogo de los llamados Fueros de Sobrarbe: «...Entonz se perdió Espayna ata lo,; puertos, sinon Galicia, las Asturias, et daquí Alava, et Vizcaya et de la otra part Baztan et la Berrueza... et en Sobrarbe et Aynsa... et escrivieron lures fueros con conseio de los lombardos et franceses, quoanto eyllos meior podie– ron como ombres que se ganavan las tierras de los moros» 83 • Aunque pueda admitirse que hacia 1065 dictó Sancho Ramírez ciertos privilegios y obligaciones a la nobleza pirenaica del condado de Sobrarbe 8 4, el tan traído y llevado Prólogo no pasa de ser «una superchería de mediados de los siglos XII-XIII», inventado como el llamado Fuero Antiguo por el par– tido de la aristocracia 85 ; pero en la época de la EXECUTORIA se tenía por históricamente indiscutible 88 • Tan cierto es esto, que el propio Príncipe de Viana, en la «Crónica de los Reyes de Navarra» que se le atribuye, repite que los moros conquistaron 'las Españas, «salvo Galicia e las Asturias, Viscaya. Gui– puzcoa, Navarra, Alava, las Cinco Villas, Bastan, la Berrueza... » 87 , ¿Cómo dis- s2 Comptos, caj. 103-60, año 1413. M Fuero General de Navarra. Ed. de Pablo Ilarregui, Pamplona 1869; p. 1-2. Aunque lo de hacerse sus fueros parece referirse directamente a los infanzones de Ainsa y Sobrabe, el propio Fuero General lo aplicó a toda la montaña: "Aquí comienza el primer libro de los fueros que fueron fayllados en Espayna así como ganavan las tierras sin rey los mon– tayneses". 84 HAEBLER KoNRAD: Los fueros de Sobrarbe, en AHDE, Xlll (1936-1941), p. 16, pro– pone esa fecha de 1065; p. 14-15 afirma que al menos 16 de aquellas "leyes" pasaron a fueros posteriores: Fuero de Aragón, de Sobra:rbe-Tudela y Sobrarbe-Navarra. RAMos Los– CERTALES: Los Fueros de Sobrarbe, en "Cuad. H. E., VII (Bs. As. 1947), p. 45, afirma que existió en Sobrarbe una infanzonía con "unos fueros, unas normas que regulaban su vida jurídica, como en Aragón los infanzones tuvieron los suyos"; y (p. 64) que en una primera Carta-Puebla de Tudela "se absorbió el núcleo foral de Sobrarbe". 85 HAEBLER, K., ibid., p. 25 y p. S0-31. LACARRA réctifica la fecha que se asignaba al Fuero de Sobrarbe-Tudela, año 1117, por el de 1124-1125 (Rev. "P. de V." XXII [1946] p. 48), partiendo de la fecha de la conquista de Tudela posterior a 1118 y que definitiva– mente ha fijado en el 22 de febrero de 1119: Est. Cor. Aragón, 5 (1952), p. 418. 88 RAMos LoscERTALES, al analizar el origen del citado prólogo (Cronicón Villarense y fuero de Barbastro concedido por Pedro I y que resulta ser la fuente más inmediata) resume sus elementos fundamntales, que coinciden con la briosa declaración de Amalt de S. Vicent: "La primera (fuente, el C. Villarense) vierte la idea de que los creadores del fueron sobrarbense, los montañeses de todas las montañas del N. de España, ganaban las tierras a los moros y que cuando tuvieron rey elegido por ellos, le daban lo que ellos con– quistaban a los moros a cambio de que les hiciese bien y repartiese la tierra con ellos. La segunda expresa la razón del otorgamiento de los fueros: "qui michi fideliter adiuuauerunt to– llere et eicere prave gentis saracenorum" que traducen los Fueros Sobrarbe-Tudela: "Et esto otorgamos porque nos haiudaron a ganar et a conquerir et a emparar et a defender las tie– rras de los moros", LoscERTALES, loe, cit., p. 57. Fueros de Sobarbe-Tudela, Bib. RAH., mss. 11, fols. 44v-45. 87 Crónica de los Reyes de Navarra, escrita por Don Carlos, Príncipe de Viana. Pu– blicóla D. José Yanguas Miranda, Pamplona, 1843. Lib. I, cap. II, in fine. Está por hacerse un estudio crítico de ella. Dejó bien demostrado el P. GERMÁN DE PAMPLONA que, si su [ 59] 183

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