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E. ZUDAIRE en todo caso, como una de esas tenencias temporales o de por vida, a modo de «gajes situados en las rentas de los pueblos, que por merced de los Reyes do– minaban», como acertadamente las definió el P. Moret. A 27 de septiembre de 1230 firmaba el monasterio de Urdax, con el famoso abanderado y héroe de las Navas, Juan Périz de Baztán, un préstamo de 600 escudos de oro sobre &u palacio de Irurita y sobre sus bustalizas y seles (que se citan) en el valle Je Baztán 49 • Aunque no esté reñido un cierto régimen de señorío con el dominio directo de algunas parcelas, hay como para dudar de que aquél continuara ejerciéndose en el siglo XIII sobre la tierra y universidad baztanesa. No obstan las afirmaciones de Oihenart sobre las mil pruebas que puede presentar de la existencia de un vizcondado baztanés como feudo de un conde que no podía ser otro que el de Vascitania o Gascuña 50 • Se guardan esas pruebas en su almario. Quizá aludiera al ya citado Livre d'or que no escatima el título de SEINER y VICECOMES DE BASTAN a Pedro Fortúñez de Baztán, el her– mano, y supuesto sucesor en el vizcondado, del insigne Essemen o Ximeno Fortuñones, aquel que se hall6 en Bayona al costado del Batallador. Arnaud– Loup, obispo de Bayona, excomulg6 a Pedro Fortuñ6nez por haber dispuesto a su antojo, contra los derechos de la mitra labortana, de la iglesia de Maya, en favor de su hijo Pedro Pétriz (ca. 1235) y haber intentado sustraer a la dió– cesis de Bayona los cuartos diezmos del valle de Baztán. Tard6 no menos de seis lustros en someterse; pero acept6 al fin el arbitraje de los obispos de Dax, Guillermo Bertrand, y de Lectoure, Vivían, y dio por bueno el juramento de los siete canónigos labortanos que atribuyeron a la di6cesis de Bayona, como de tiempo inmemorial, la precepción de las tales cuartas décimas 51 • Con lo cual salta a la palestra otra cuestión espinosa : la incardinación y desincardi– naci6n eclesiástica de Baztán respecto de la diócesis de Bayona. Parece que se mantuvo dependiente de dicha diócesis desde el siglo XI hasta los tiempos de Felipe 11 52 , a quien el Papa Pío V dará la oportunidad, 49 El mismo año de 1230 se le devolvieron el palacio y molinos de Irurita, mas no los seles, que se retuvieron en usufructo hasta reintegrarse de los 600 escudos prestados. "Con– sulta hecha a su Magestad por la Real Cámara de Castilla en el expediente que seguía el Rl. Monasterio con el Lugar de Urdax y el señor Fiscal, sobre el conocimiento de ciertos derechos dominicales y otras cosas". Copia mss. defectuosa. Termina con la resolución de Carlos III en 14 de mayo de 1774, por la que se reconocía el villazgo al lugar de Urdax. Arch. Baztán, Carp. URDAX (2). 50 "Pagum enim illum (Vastanensem), olim a Vicecomitibus administratum fuisse, pos– sum probare pluribus vetustis monumentis: unde colligitur, comitem aliquem in eo ius su– premi imperii exercuisse. At ecquis alius praeter Vascitaniae seu Gasconiae comitem?" ÜUIE– NART ARNALDUS: Notitia utriusque Vasconiae. Parisiis, 1638, p. 402. Trad. en GoROSTERAzu: Noticia de las dos Vasconias. San Sebastián, 1929, p. 302. 51 Livre d'or de Bayonne (texto gascón), ed. Bidache-Dubarat, Pau, 1906, p. 104. "Notmn habeant tan presentes quam futuri, quod diu fuit controversia agitata inter Baio– nensem ecclesiam et P. FORTUIN, VICECOMITEM DE BASTAN, propter quartas de Bastan... " lb., texto latino, p. 43. · 52 S. Pío V, no menos temeroso que el monarca español del avance hugonote, promo– vido por la misma Reina de Navarra y Béam, Juana de Albret, concede a Felipe II, por Breve de 30 de abril de 1566, no precisamente la desincardinación labortana de los arcipres– tazgos de Baztán y las Cinco Villas, sino la oportunidad de llevarla a cabo, por falta de los nombramientos eclesiásticos que reclamaba el Papa. Signos de esa preocupación de Felipe H por el peligro de herejía fue su intervención en el monasterio de Urdax y quizá también la orientación de su política exterior. REcLÁ Y CAMPrncoL: Felip II i Catalunya. Barcelona, 1955. 172 [ 48]

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