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F ACERÍAS DE LA CUENCA BAZTÁN-BIDASOA Replicó el procurador patrimonial a los litigantes que sus argumentos no eran admisibles en juicio, porque se ventilaba una cuestión de propiedad y no de usufructo o de aprovechamiento; que si los pueblos colindandes con los montes y yermos de Alduyde y de Valcarlos habían apacentado en ellos sus puercos y sus ganados granados y menudos, merced había sido del rey que, por su ausencia, lo había consentido. No había por tanto lugar a la pretendida prescripción. Y Carlos 111, ratificando la sentencia de su procurador fiscal, dictó aquella real orden de 17 de enero de 1413, por la cual confirmaba a D. Bertrán de Ezpeleta en su feudo y prohibía a las gentes de Cisa, de Baiguer, de Baztán y de Valcarlos, introducir en los montes de Alduyde y de Luzayde ganado propio ni ajeno sin licencia o mandato del vizconde de Valderro, so pena de su indignación soberana 8 • Sin desafiar esa indignación, volvieron los valles a sus hábitos faceros, descuidando, como por olvido, el pago de la quinta de sus puercos, cedida por el rey al vizconde ". Carlos, Príncipe de Viana, confirmará esta donación en 1445 10 • EL VIZCONDADO BAZTANES.-La frontera navarra con Labourd que– da ratificada, por lo menos desde los días de Sancho el Mayor, con la funda- "Entiende provar Johan Martiniz de <;avala, procurador del alcalde, jurados y vezinos y universidades (sic) de la tierra de Valderro qu,e los dichos de la dicha bail-de-erro an 11nos yermos y termino y montes clamados Alduyde los coals se tienen y afruentan de la una part con los yermos, terminas e montes de la tierra de baztan. Et de la otra part sse tienen y afruentan con el camino de la Valcarlos... ata la casa de Montconseil et de la otra part sse tienen y afruentan con los man\;anales del bizconde de baiguer y con los terminas de bayguer y de otra part sse afruentan con los terminas de ciertas vilas de Valderro". 8 "Karlos por la gra. de dios, rey de navarra, duc de nemours. A los Jurados, conceills et universidat de las villas buenas et logares de baztan, bayguer et cisa et la baill Charles, salut. Como los montes et terminas de Alduyde et la baill Charles con todo el drecho a dayquillos pertenescient sea nro. propio sin part de otro alguno et agora segunt avernos en– tendido por nro. procurador patrimonial y nro. bien amado y fiel mosen bertran despeleta bizconte de balderro, que los tiene de nos, de dono de vida, que no obstant la dita nra. donación los goardas que eillos o alguno deillos ponen en los deos. montes et vosotros -como gents superbias y de b11estro cabo, no temiendo ntra. seynoria y quanto en vos es queriendo disminuir nro. patrimonio y con cautellas y malicias aplicarlo a vos, diziendo algunos por f azerias y otros por drecho que dizies asi por bezindad y so otras colores non devidos dizer y con bros. ganados y agenos y otrament aueis explotado y disfrutado :le los deos. montes y los paztos de aquellos de grant tiempo agua en especial empues que nos los diemos al deo. mossen beltran. en manera que casi no ha provecho alguno ni failla que los quiera goardar de miedo de vos otros, pero que si assi ouies a parar en bos conservar, estos fazeis, en adelant nos ni nuestros successores no auran provecho alguno en nros dtos montes, pidiendonos por merced sobre esto serles proveydo de devido remedio. nos enten– dida su dca supplicacion, maguer segunt el caso más asprament deuiamos proveer contra bos, queriendo de gracioso remedio proveer, segunt pertenesce: Vos mandamos, bedamos et defendemos a bos y a cada uno de bos, segunt perten'esce, que con vros. ganados y agenos no entreis en los dits montes y terminas sen su licentia o mandamiento so pena de nuestra indignacion, pero a las goardas que eilles o algunos deillos ponran en los dits montes et ter– minas obedezcades, segunt a semblants oficialles fazer pertenesce". Sangüesa, 27 de enero de 1413. AGN., Comp., Caj. 103-60. No deja de ser paradójico que Baiguer, una de las comu– nidades excluidas por las sentencias de 1400 y de 1413, sea hoy el principal ocupante de los montes y términos de Alduyde (zona, no pueblo). 9 En 1418, vuelve el Vizconde de Valderro a reclamar a los pueblos colindantes el pago de la quinta por los puercos engordados en Alduyde y Luzayde. AGN Compt. Leg. 15 de "Papeles sueltos". ' 10 AGN, Comptos, t. 467, ap. YANGUAS, J.: D. A. N., t. I, p. 474. [ 41] 165

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