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FACERÍAS DE LA CUENCA BAZTÁN-BIDASOA Algo así como la parzonería (otro navarrismo aún errant!:J) o compascui– d!ld, tan difundida en toda la Europa medieval ( common pur caus de voici– nage1) 2 y tan restringida en la actual economía pastoril 3 •. Pero ni facería es únicamente la comunidad de pastos entre pueblos vecinos, ni facero, en su significación diver¡¡a de la de fronterizo, es un simple navarrism<?, En el Fuero Viejo de Castilla se lee: «Esto es Fuero de Castilla: Que si dos viellas que son faceras e an termino en uno e non es pfl.rtido, si quisieren partirlo <leven partirlo a piertega medida» 4 •. Con lo cual se prescribe que las villas, faceras no s6lo por oomarcanai¡ sino por sus términos de disfrute comiín, hayan de servirse de la pértica o deoempieda, si se deciden por el reparto, Cierto que con mayor precisi6n_ se expresa en los diferElntes Fueros nava– rros la Sinonimia de facero como de congozante en pastos, yerbas y agµas, En los Fueros de la Novenera 5 se dict;:u:nina: «Un conceylfo a otro que aya uilla fazera, .si quiere de vedado, si quiere de pan, si quiere de uino, deuen dar uedaleros oonoguclos, que pregan el coto paren lor, conceyllos11 •; esto es: que los guardas nombrados por los concejos de las villas faceras pueden mul~ tar las reses que pasaren de los términos comunes a los de propiedad privada, sean viñas o sembrados, previo acuerdo de dichos concejos sobre la cuantía de la multa. Y en el' Fuero General de Navarra, que en var~as de sus ordenanzas pare-o ce traducir el Fuero Viejo de Jaca 1 se dispone: «Las villas fazeras que han los términos conoscidos pueden pascer de part de los restoyllos ata las heras de sol a sol,. non faciendo dayno. en los fruytos, ni en prado de cavayllos, nin de bueyes» 8 , pre.scripoi6n que bien puede considerarse de la más genuina 2 Historia Económica d!l Europa, dirigida por J. H. Clapham y Eile.er fower. Uni– versidad de C;imbridge. T. J., La vid¡¡ agraria en la Edad Media. Versión por André~ Sánchez Arqós. Madrid, Rev. D. Privado, Madrid (s. a.), p. 552. 8 Caro B¡¡roja Julio: Los Pueblos del Norte de la J'enínsul¡¡ Ibérica. CSIC., Madrid, 1943, p. 139-143; Id.: Los Vascos. EtnologÍil. San Sebast.ián, 1943; p, ~25-227, Anuario de Eusko-Folklore, XV (1955): Vida Pastoril en el País Vasco,, contiene varios ensayo~ sobre ªJgµnilS parzonerfas gµipuzcoanas. El goce "en facería" que propone el Profesor A. Floristán en La Ribera Tudelana de Navarra, z;aragoza 1951, p. 87-107, como deri– vado que es de concesiones reales, sólo en el efecto de compascuida¡l coincida con las tradicionales facerias pirenaicas, · que los valles bardeneros de Roncal y Salazar vienen concertando con los franceses de Baretous y Sotile, al estilo de los pueblo,s de la Montaiia. 4 Fuero viejo de. Castilla, lib. V, Títul. IiI, 4. Edición de Jordán de Asso, que la ilustra con -algunas notas explicativas. Madrid, 1771 1 p. 21. 6 Pertenecían a la Novenera las villas de Artajon::¡, Mendigorría, Larraga y Mir8.Jlda de Arga. Datan estos Fueros en su mayor parte del rey Sancho, el Sabio (1156-1194); se complet¡¡ron con otros popog hastil los días de Teobaldo I (1234-1253). De ahí su relativa autonomía del complejo jurídico a.ragonés. Los publicó Gunar Tilander (Stockholm, 1951), según el manuscrito 944 de la Biblioteca del Palac:io Real de Madrid, (mss, A,), mss. ql!e data de finales del siglo XIII o principios del XlV. · 6 Fueros de la Noven!lrn, & 129, "De uedaleros de dos conceyllos''. 1 Fuero viejo, de Jaca, publicado por José María ll11mos y Losce¡:t¡iles (Barcelona, 1927), según el mss.. XF4 de la Biblioteca de Palacio. Véase Introducción, principalmen– te p. XXIX y XXXIV. 8 Fuero General de Navarra, lib. VI, tít. I, cap, VI. Edición del Ledo. Antonio Cha– vier, Pamplona 1815. La de Ilarregui-Lapuerta (Pamplóna, 1869) es una simple réplica., Anibas (y la de Editorial Aranzadi, Pamplona 1964) C9meten, según creo, idéntico error al transcr¡bir el c¡ip, VIII, Lil::>. VI, tít. I: " ... paguen las calonias si fizieren entrad; [ 33] 00

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