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E. ZUDAIRE (el Irati y la demarcación Caro-Ornano) principales, el Gobierno de S. M. debía procurar obtener otras concesiones necesarias al buen orden y al egercicio espedito de la administración en la frontera. Consistía ésta en la abolición de todas las facerías y convenios perpetuos de aprovechamiento de pastos entre los fronterizos, sin privar a éstos de la libertad tan necesaria a unos y otros de auxiliarse mutuamente para la manutención de sus ganados; era indudable la conveniencia de someter sus contratos a la vigilancia de las autoridades de la provincia para impedir que en lo sucesivo pudieran contraerse obligaciones ocasionadas a conflictos» (Cap. 15 de la Memoria). Donoso triunfo éste que campea, según dejamos ya consignado, en el artículo 13 del Tratado de límites de 1856. Por aquél y por las demás gangas obtenidas, podía dar y pedir albricias el Ministerio de Estado a los pueblos de Navarra y al Estado mismo, pues para unos y otros había sido ventajoso el desenlace de tan vieja contienda. Se había mantenido aquella negociación «con dignidad y honra, logrando por primera vez desde que se han celebrado convenios para demarcar los límites de la Provincia de Navarra, que se reco– nozca y conserve la línea internacional, en los parages en que se hallaba esta– blecida; y que en cambio de propiedades abandonadas hacía más de un siglo se le adjudicaran terrenos mucho más provechosos para nuestr9s valles que las deesas que han conservado los Franceses; y en segundo lugar, porque con el arreglo se ha puesto un término a las discordias de los fronterizos» 85 • Realmente, más se perdió en Cuba. CONSECUENCIAS FACERAS DEL TRATADO DE 1856. La más turbulenta, la intervención estatal. En un régimen liberal, que venía matando todas las supervivencias de provincias y mui:iicipios, resultaban anacró– nicos unos convenios internacionales entre unidades administrativas locales. Y culparon a las facerías lo que fue falta de atención gubernativa -falta que leal– mente reconoce la Memoria del M. de Estado- a unos lindes que, de españoles por la anexión de Navarra la Alta, pasaron a terreno indiviso, para terminar, en buena parte, como de soberanía francesa. Donde no hubo discusión fronte– riza ni terrenos indivisos, continuaron celebrándose facerías y otros convenios, con toda normalidad, durante esos dos siglos tan conmocionados del Pirineo navarro por depreciaciones y represalias. A los siete acuerdos entre Sare– Baztán que cita el profesor Fairén 86 añadiremos nosotros aquellos otros de los cuales se conserva el acta en el Archivo de Baztán y en los de Echalar y Vera,con fecha anterior a 1856 y posterior al siglo XVI 87 : 1603, 14 de abril: Baztán-Echalar (facería). 1809, 8 de octubre: Baztán-Ainhoa, Ezpeleta y consortes de Labort (fac. 16 años). 1622, 24 mayo: Baztán-Osés (fac. perpetua). 1632, 16 de febrero: Baztán-Ainhoa, Ezpeleta... (fac. por 16 años). 8 ~ MEMORIA del M. de Estado, 1856. Capítulo 22, '.'Conclusi6n". . 86 F AIREN V., Facerías Internacionales Pirenaicas, p. 46, desde 18 de septiembre de 1757 a 13 de octubre de 1847. 87 Reservamos para la tercera parte de este trabajo, gue .titulamos "Ilistoria", una relaci6n más completa, a partir del siglo XV, y el análisis de los convenios y facerías anteriores a su actual tipificaci6n. 84 [ 24]

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