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FACERÍAS DE LA CUENCA BAZTÁN-BIDASOA ' Faisanes (1659) y en Basilea (1795), «desconociendo que la propiedad de un particular no hubiera podido serle arrancada por una .cesión territorial» 54 • LA MAREA REVOLUCIONARIA. La realidad anárquica que se denuncia en esta declaración no alude pre– cisamente a los baigorrianos, aun cuando fueran éstos, por la antigüedad y penetración de sus asentamientos pirenaicos, los que llevaron ventaja. Y los que, por nuevos atropellos, provocaron la fracasada conferencia del año 1800 entre D.. Juan Catáneo, Cónsul español en Bayona y Mr. Echepart d'Iriart, subprefecto de .Mauleón, y las reclamaciones del Gobierno español al _francés del 1818 sobre la vigencia y observancia del Tratado de Elizondo. El Gobierno de la Restauración logró frenar por algún tiempo a aquellos inquietos fron– distas, aunque llegaran a burlarse de la orden ministerial como «arrancada a la ignorancia o a la debilidad de un Ministro de la Restauración» 55 • Y los valles de Erro y de Baztán aprovecharon aquella precaria tranquilidad con sus fronterizos franceses para armarse un enojoso pleito sobre mutuos derechos en el Alduide y Quinto Real 56 , cuando, como les advirtió la Real Corte de Nava– rra, . tanto importaban la armonía y unidad de criterios. Oportunamente can– celaron sus diferencias; porque a partir del año siguiente (18301) se dramati– zarían más acuciantes las relaciones con ultrapuertos. A 30 de abril comunica al Valle de Baztán el Virrey, Duque de Castro– Terreño, de parte del Primer Secretario de Estado, qt;te no se podía acceder a la petición francesa de encomendar al dicho Virrey y al Prefecto de los Bajos Pirineos el arreglo de las diferencias entre sus respectivos subordinados; porque S. M., Fernando VII, tras maduro examen, no había hallado otro me– dio de paz y concordia que la observancia puntual del Tratado de 1785; qué «si una operación tan prolija, tan meditada y sobresaliente» como dicho Tra– tado, no había sido parte a desterrar toda discordia entre BaYgorry y sus veci– nos, mal podrían esperarse mejorres resultados de otras cualquiera conversacio– nes. Si los baigorranos demostraban errores en la demarcación, el rey estaba dispuesto a rectificar 57 • 54 MEMORIA del Ministerio de estado al Tratado de límites de 1856, cap. 10: "Exa– men de las CJiestiones de Derecho Privado". 55 El alcalde de Alduides, Ch. Samarseu (?) al de Baztán, Francisco Dolagaray. Al– duide, 17 de junio de 1841. Apuntes sobre el goce..., p. 58. 56 Se inició el pleito en marzo de 1828 por reclamación de Baztán contra Valderro por haber admitido ganado francés, a iniciativa propia, en la porción del Alduide reser– vada a España por el Tratado de 1785. Y se concluyó con la escritura• de convenios otor– gada en Pamplona el 21 de noviembre de 1829 y ratificada por real decreto el 27 de enero de 1830. En la cláusula .12 y en los mismos .alegatos de Baztán y Erro quedó bien patente que la "propiedad y posesión de los Alduides pertenecían a la Corona", y sola– mente el uso y usufructo de aguas y pastos correspondía a fos Valles.. Por el citado con– venio, la parte española se dividió en tres zonas de aprovechamiento: a) desde el mojón de Isterbeguico-munoa a la borda Iturribelcea, Monte Adi, Leinguicosoroa, alto de Zoto larre hacia Valderro, para exclusivo disfrute de este valle; b) desde la regata de Legar– chulo y paraje crucero entre los mojones de Isterbegui y Beorzu-bustan, regata y collado de Urtiaga, regata de la fábrica de armas de Eugui hacia .Baztán, para exclusivo aprove– chamiento de este valle; c) zona intermedia entre ambas líneas, de goce promiscuo. A. Baztán, carp. ERRO, "Sentencias... ", fols. 1-231. 57 A. Baztán. Q. Real (3). Pamplona, 30 de abril de 1830. Cada hoja del oficio lleva sello de España impreso con la leyenda "Virreynato de Navarra". · {15] 75
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