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TEXTOS EN VASCUENCE NAVARRO DE BAZTAN. NUIN Y URDAZUBI 3. Urdazubi, primera mitad del siglo XIX El año 1972 tuvimos conocimiento de los dos documentos que damos a conocer en esta sección. Eulogio Zudaire los trajo de Urdazubi o Urdax, habiéndolos puesto a su disposición el párroco del lugar D. Justino Taberna. Un tercer documento que llegó junto con estos fue publicado por el P. Jorge de Riezu y Eulogio Zudaire en esta misma revista el año 1972 '. Uno de los textos es un sermón o plática que versa sobre las indulgen- cias que ganan los que rezan el Rosario. N o podemos señalar la fecha exacta, pero se puede afirmar que pertenece a la primera parte del siglo XIX, muy probablemente al primer tercio del mismo. El segundo texto determina los derechos o tasas a que deberán ajustarse los párrocos y cabildos de la diócesis de Pamplona, cuando realicen bautizos, bodas y entierros. La fecha de su composición va de 1833 a 1840, pues aparece en el documento la Reina Gobernadora, que aprueba los derechos y tasas de las parroquias de esta diócesis: «Gure Andre Erreguina Governadorac aprobatu tu Diocesa huntaco Parroquietaco derecho, eta tasac)). En sí no sería difícil averiguar la fecha exacta de este segundo texto, teniendo en cuenta a cuánto montaban las tasas: ocho reales de vellón por bautizo; lo mismo por cada uno de estos tres conceptos: aviso de matrimo- nio, asistencia al mismo, misa de esponsales; seis reales de vellón en entierros de primera clase a cada ministro, cuatro en los que de segunda clase y dos en los de tercera. En los entierros de niños se dará la mitad que en los de adultos; etc. El vascuence que presentan es, según creemos, el esperado del lugar de procedencia de los documentos, sin que nos atrevamos a detallar más. Es bien sabido que el euskara de ~ r d a zÚb i pertenece al dialecto labortano. Texto A (Primera mitad del s. XIX) Indulgencias del Santissimo Rosario Arrosarioco Confradian sartubac direnai, aitorcen diozcate indulgencia auniz aita saindu Erromacoa (sic) eta bereciqui aita saindu Inocencio amecagarrenac eta dire esplicatcera nuan auc= 6 1' lembicicoric 7 egun gucietan, arrosarioco aldaria bisitatcen duenac, otoiz eguiten duelaric guiristino Erregue, eta Princen arteco baqueaz, irabazten ditu eun eguneco indulgenciac. 2 ' gueiago, egun gucietan, amobortz amarreco arrosarioa errezatcen duenac irabazten du indulgencia Plenaria, eta borz amarrecoa errezatcen 5. P. Jorge de RIEZU - E. ZUDAIRE. Excomunión por el Abad de Uvdax. «Fontes», 1972, pp. 371-375. 6. Una primera redacción decía así: ~ArrosariocoConfradian sartubac direnac, irabaci detzaqueten indulgenciac Aita Saindu Inocencio amecagarrenac aitorcen ditubenac dire erratera nuan auc guciec =». Debido a este cambio, «direnac. se ha convertido en «diremi», pues ha colocado la -i encima de la -c. anulando esta letra. 7. En realidad, alembicicoric» se halla escrito a la izquierda de l..' , es decir, al margen de la página.

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