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224 S alvador R os y C alaf hay en su relicario no hemos podido ver más que las siguientes: De los huesos de los Santos Laudato, Félix, Crescencio y Donato, hay una que tiene la fecha de 4 de diciembre de 1755, pero le falta el testimonio del Ordinario. De la Cuna del Señor, Velo de la Virgen y Manto de San José hay otra de 14 de abril de 1803, y también le falta el testimonio del Ordinario. La del Lignun Crucis es de 21 de abril de 1792 y aprobada por el Ordinario a 15 de mayo de 1793. Siendo capellán del Santuario don Pedro Celestino en 1877 ó 1878 tuvo lu- gar un importante robo de alhajas de Ntra. Sra. de África de las que pocas se recobraron y las restantes no han podido ser repuestas. Según una nota firmada por D. Cayetano Villalta y D. Pedro Vázquez que se lee en el tomo XIV de bautismos de la parroquia del Sagrario, la fábrica de la Catedral contribuyó con 304 pesetas 61 céntimos a la compra del armonium que existe en el Santuario. En 1898 se recompuso el órgano que desde muchos años estaba inutilizado y en 1906 se arregló el camarín y las escaleras que por cierto estaban en bastan- te mal estado. Tales son los hechos principales de la historia de este santuario. Dicho que- da más arriba que el pequeño construido por los portugueses en 1425, o más bien de 1460 a 1470 fue demolido en 1703 y que por auto del Ilmo. Sr. Vidal Marín de 20 de marzo de 1703 se decretó su reconstrucción en el mismo lugar con una cripta debajo de la capilla mayor, destinada a sepultura de ilustres 360 , quizás para reemplazar la que hubo en la antigua catedral y no se hizo en la nueva. En dicho auto se señalan los nichos donde han de ser sepultados los señores obispos y canónigos y los gobernadores de esta Plaza e individuos de su familia. Los señores obispos y canónigos tienen en esta cripta panteón el derecho de sepultura gratis, porque, dice el Ilmo. Sr. Marín, si bien el terreno es propiedad del santuario las obras se han hecho con los fondos de la catedral. En este panteón fue enterrado el Ilmo. Sr. Vidal Marín que falleció enMadrid a 9 de marzo de 1709 ejerciendo el cargo de inquisidor general, y en cumpli- miento de su última voluntad fue traído a Ceuta en 1714. 360.- GÓMEZ BARCELÓ, “Lugares de enterramiento…”, op.cit., pp. 145-147 se recogen las condi- ciones de uso del panteón, tanto por los obispos y gobernadores, como por eclesiásticos y otras personas de la población.
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