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167 Historia eclesiástica y civil de la célebre ciudad de Ceuta 1716 por el Ilmo. D. Sancho de Velunza y Corcuera con la obligación de resi- dir en la iglesia auxiliar de Ntra. Sra. de los Remedios, y aunque al parecer se reservó el libre nombramiento para esta tenencia, sin embargo, al poco tiempo fue también vinculada a otra canonjía, a la primera que vacara después de de- cretada su vinculación 294 . En estas disposiciones no intervino la Santa Sede, y habiéndose recurrido a ella para acallar algunos escrúpulos, el Sumo Pontífice ratificó lo dispuesto en esta materia por los Sres. Obispos, y mandó se continua- ra observándolo así en lo venidero. Hablando de tenencias el Ilmo. Sr. D. Martín de Barcia en su Visita de 1751 dice que no implican dispensas de residencia en el coro y demás actos capitula- res, y que las que las tienen deben cumplir con ambos cargos, con el de canóni- go y con el de tenientes de cura, mientras la Santa Sede no disponga otra cosa. La providencia apostólica no tardó. El Sumo Pontífice Clemente XII dispen- só para siempre de la residencia en la Catedral, y les dio presencia en el coro residiendo en los Remedios, ocupados en el ministerio parroquial. Esta dispo- sición pontificia ahora ya no es aplicable, porque la cura de almas ya no está vinculada a ninguna canonjía o beneficio, y los que la tienen ya no representan al Cabildo ni hacen sus veces. Los derechos parroquiales no cedían en beneficio de los prebendados que ejercían la cura de almas; se les remuneraba por su trabajo, y lo restante ingre- saba en la mesa capitular con sus demás rentas y después se distribuía por par- tes iguales; ahora el Cabildo no percibe sino el obvencional que le corresponde por los actos a que asiste. El tesorero tenía también la obligación de guardar las alhajas de la Catedral, los ornamentos sagrados y demás objetos dedicados al culto divino en la mis- ma, y si bien después se nombraron sacristanes, y el mayor era sacerdote, estos fueron considerados siempre como auxiliares del tesorero en el servicio de la sacristía y por eso el tesorero mismo solía nombrarlos con la venia del prelado. Muchos de estos cargos han pasado al mayordomo de fábrica, cargo vinculado a un beneficio, pero no por la Santa Sede. Más adelante se creó la dignidad de arcediano cuya obligación especial era proveer los santos oleos. Suscitáronse dudas en orden al lugar que debía ocu- par entre las dignidades de esta Catedral fundada por la bula de Eugenio IV, ni por la de Calixto III en esta Santa Iglesia, era posterior a las demás digni- 294.- En 1923 el obispo Marcial López Criado trasladó la parroquia del Sagrario a la Iglesia de Nuestra Señora de África y convirtió en parroquia también a la hasta entonces Ayuda de parroquia de Nuestra Señora de los Remedios, desvinculándolas del Cabildo y convocando oposiciones a curas propios para ambas.

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