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163 Historia eclesiástica y civil de la célebre ciudad de Ceuta consta por su fundación. Y los otros tres están destinados al gasto de cera de uno de los días de la octava del Santísimo Cuerpo de Nuestro Señor Jesucristo. Los cinco cruzados restantes, el mayordomo de la fábrica, o el de los Srs. Obispos los ha de entregar al colector general para que cada año los Sres. Prebendados celebren 24 misas: 12 por el alma del Canónigo D. Manuel Jiménez Páez, 6 por sus padres y otras 6 por sus hermanos, sin que en tiempo alguno, dice el Ilmo. Sr. Solano, se pueda imponer esta fundación sobre otras fincas. Deben igualmente pagar los Sres. Obispos 12 pesos de 15 reales cada uno por el rédito de 6.000 reales de la propia moneda impuestos sobre la antesala, sala y cuarto junto al oratorio, y tres en los bajos del palacio por el Ilmo. Sr. Aguiar y Padilla 282 , cedido por el Ilmo. Sr. Mayoral para el alumbrado de una de las lámparas del Sagrario, y dichos 12 pesos son enteramente en beneficio de la fábrica. Según esto las cargas del palacio episcopal son: 15 cruzados de a 15 reales cada uno que importan 225 reales; más 12 pesos de a 15 reales que importan 180; total 405 afectos a las cargas espirituales ya mencionadas, y cuyo origen es el siguiente: El M. Ilustre Sr. Chantre D. Miguel Pérez Becerra tenía un censo a su favor en la huerta de los religiosos y lo trasladó a la huerta que tenía en la Almina el canónigo Jiménez Páez, el cual lo dio intervivos a la dignidad epis- copal con la obligación de levantar las cargas espirituales en ella impuestas. El Ilmo. Sr. Mayoral anticipó de su propio peculio 6000 reales para las obras de la Catedral, y en vez de cobrarlos los cedió a la fábrica de la Catedral, y los impuso en el palacio episcopal, debiendo el Obispo, que por tiempo fuere pa- gar los réditos, y en Sede vacante, si el palacio se alquila, deben cobrarse de los alquileres, y si no se alquila, el nuevo obispo debe pagar por todo el tiempo que la Sede ha estado vacante, o por todo el tiempo que el palacio ha estado des- alquilado. Todo esto consta por escritura otorgada a 29 de diciembre de 1739 ante D. Francisco Antonio Luengas, y se lee en una nota puesta en las cuentas de fábrica del tiempo del Sr. Mayoral. Este Ilmo. Sr. Obispo vino a Ceuta con la intención de edificar un palacio epis- copal, tal vez porque creía insuficiente el que había, o porque pensaba que no existía. Pero cuando visitó la Catedral vio que no había en ella una capilla que por sus condiciones fuese digna morada del Santísimo Sacramento y determinó cons- truirla a sus expensas, como en efecto así lo hizo con verdadera magnificencia 283 . 282.- Miguel de Aguiar y Padilla (1738-1743). 283.- Esta capilla fue demolida en las obras de reforma de la Catedral de Ceuta de mediados del siglo XX, aunque se conserva su retablo en la nueva.

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