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139 Historia eclesiástica y civil de la célebre ciudad de Ceuta donde existía la de Tánger, Larache y Mazagán, pero la más antigua de todas era la de Ceuta, y por esta causa no le sentaba mal el título de Primado, y el Ilmo. Sr. Enrique 231 pudo llamarse Primado , sino de todo África, por lo menos en Marruecos. El Ilmo. Sr. D. Jaime deAlencastro asistió al Concilio de Trento por procurador que lo fue y firmó en su nombre D. Melchor Cornelio, portugués, a continuación del doctor Diego Payva de Andrade, Procurador de D. Gonzalo Piñeyro obispo de Viseu, y antes que el doctor D. Pedro Zumel canónigo de Málaga procura- dor del señor obispo de Málaga y del señor arzobispo de Sevilla. Los doctores Melchor Cornelio y Diego Payva eran teólogos enviados al Santo Concilio por el Rey de Portugal. En 1553 era ya obispo de Ceuta y también se titulaba Primado de África , pero su Procurador cuando firmó las Actas del Concilio en 1563 no le dio el título de Primado sino simplemente el obispo de Ceuta 232 . Hallándose en Lisboa en 1553 hizo las Constituciones nuevas XVIII de este Obispado que aún rigen en muchas de sus disposiciones, pero no en otras por haber sido derogadas por sus sucesores o por leyes generales de la Iglesia, como sucede a los días festivos 233 . El ilustrísimo señor Alencastro falleció en Roma 234 , y en virtud de la Bula Supra universas expedida por el Papa S. Pío V a 9 de junio de 1572, el Ilmo. Sr. D. Francisco Cuaresma obispo entonces de Tánger vino a ocupar esta Sede Episcopal de Ceuta con el título de obispo de Ceuta y de Tánger 235 , título que debían tomar y tomaron efectivamente todos sus sucesores, mientras Tánger perteneció a Portugal o a España, esto es, hasta el año 1668, en que la Reina viuda de Felipe IV ratificó la independencia lusitana, tratado por el cual Ceuta quedó bajo el dominio de España 236 . 231.- Las faltas en su episcopologio le llevan a mencionar seguidamente a Fr. Enrique de Coimbra, prelado que gobernó la diócesis en el siglo XVI y que nunca utilizaría el título de Primado, según los documentos que se conocen. 232.- Efectivamente, en las Constituciones Sinodales de 1553, conservadas en el Archivo Diocesano de Ceuta, legajo 718, se intitula “Don James de Lancastro, por merced de Dios y de la Santa Iglesia de Roma, Obispo de Septa, Primado de Africa y Capellán mayor de la Reina mi señora”. 233.- Gracias a seguir en uso, parcialmente, han llegado hasta nosotros. 234.- LÓPEZ, A., op.cit., p. 201 dice que falleció el 12 de marzo de 1569, siendo sepultado en el con- vento de los carmelitas de Lisboa, en su capilla mayor. 235.- La reunificación de ambos obispados venía obligada, de una parte, por la reorganización de las diócesis lusas, y de otra por la obligatoriedad de que los prelados residieran en sus diócesis, tal y como ordenaba el concilio de Trento. 236.- La firma del Tratado de Paz entre ambas coronas, que tuvo lugar el 13 de febrero de 1668, confir- maba la decisión de la población ceutí de mantenerse fiel a los Áustrias y continuar en la Corona de España, mientras que Tánger, que había optado por el partido de los Braganza había pasado a manos de los ingleses en 1661 como dote de la Infanta Catalina de Braganza al contraer matri- monio con Carlos II de Inglaterra.

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