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Revista Jurídica Digital UANDES 2/1 (2018), 42-58 DOI: 10.24822/rjduandes.0201.4 44 extranjeros que intentaran cualquier maniobra 5 . Debían, además, declarar como herejía y doctrina condenable el sostener que el asesinato de los príncipes excomulgados era lícito 6 . La cuestión era delicada, ya que la mayoría de los autores del momento consideraban que el Romano El juramento fue llevado a efecto después de la “conjuración de la pólvora” (1606), intentando poner freno a cualquier forma de levantamiento. A Jacobo I le preocupaban las doctrinas acerca del regicidio, defendidas por diversos teólogos católicos y que se ponían en confrontación directa con la visión protestante, que predicaba o defendía que el rey recibía el poder directamente de Dios. Por este motivo, luchará personalmente y querrá que el Parlamento acepte sus ideas sobre el derecho divino y hereditario de los reyes. El Juramento de fidelidad se encontraba a caballo entre dos realidades complejas y de difícil conciliación: lo político y lo religioso. No era fácil delimitar a cuál de las dos cuestiones obedecía. Jacobo I intentará politizar la interpretación, evitando que fuera visto como un problema religioso. No se trataba tanto del poder universal del papa a defender y conservar la fe cristiana, cuanto del derecho de la Sede Apostólica sobre la Corona de Inglaterra. Los límites entre una y otra cosa, como se puede intuir, no eran tan evidentes. Pontífice tenía derecho de soberanía sobre el reino de Inglaterra por ser feudatario, fiduciario y tributario de la Sede Apostólica 7 . Esta lectura era lo que realmente preocupaba a Jacobo I, que intentará salvarla por medio de una argucia jurídica 8 . El católico que rechazara el Juramento se exponía a prisión perpetua y a la confiscación de sus bienes. Como es de suponer, esto tuvo como resultado una sangrienta persecución, que no respondía tanto al soberano en sí, cuanto a la estructura de premios que se había creado para el cumplimiento del juramento. Dicha persecución, entre 1605-1660, llevó a cabo unas sesenta ejecuciones. Al crimen de sedición de unos pocos, aquellos que habían promovido la conjuración, se respondía desde el Parlamento con esta ley 9 . El Juramento se convertía en un arma de sumisión política. No incluía ningún artículo de fe ni conclusiones teológicas. La conciencia general era que el papa no podía obligar a los católicos a negarse al juramento, en razón del perjuicio y daño que podía implicar para los individuos y sus familias. En concreto, se prometía fidelidad al rey de Inglaterra y a sus legítimos sucesores, al tiempo que se negaba la autoridad del papa a deponer o matar arbitrariamente. Después de unas tensas negociaciones diplomáticas, Paulo V —en carta del 22 “Defensio fidei” de Francisco Suárez y su conflicto con Jacobo I 5 Todos estos detalles contaban con una experiencia concreta, en sus antecesores, los Tudor. 6 “Otrosi juro, que de todo mi coraçón aborrezco, abomino y abjuro, como impía y herética aquella dotrina y opinión dañada, (es a saber) que los Príncipes que están descomulgados o privados por el Papa, puedan por sus vassallos a otras qualesquier personas ser lícitamente depuestos y muertos” (Suárez, 1979, De Iuramento Fidelitatis, p. 518). 7 La cuestión venía de lejos, cuando el rey Juan sin Tierra, en 1213, había hecho el acto de sumisión y el juramento de fidelidad al Papa Inocencio III, después de negarse a aceptar la elección de Esteban Langton como arzobispo de Canterbury, por lo que será excomulgado, recuperando los reinos de Inglaterra e Irlanda como feudatario del Papa. Junto a ello estaba la conciencia-teoría de la supremacía de la autoridad papal sobre las islas. 8 Así aparece, en la misma fórmula del juramento: “Item juro en mi conciencia y de todo coraçón, que no embargante qualquier declaración o sentencia de excomunión o de privación, hecha o por hazer del Papa o de sus sucessores, y no obstante qualquier autoridad que procede o puede proceder del o de su silla, contra dicho Rey, sus herederos y sucessores, y no obstante qualquier absolución de los dichos vasallos de su obediencia, yo la prestaré muy fiely lealmente a su Magestad y a sus herederos y sucessores. Y les haré pleito omenaje de les defender con todas mis fuerças contra todas las conjuraciones o otros qualquier insultos, que contra sus personas, coronas y dignidades, por razón o so color de qualquier tal sentencia o declaración o en otra qual-quier manera aconteciere hazerse” (Iacobo I, Fórmula del juramento, p. 517). 9 No cabe duda que, el hecho de que fuera respaldada por el propio Parlamento le daba un valor y proyección mayor. 1. El “Juramento de fidelidad” de Jacobo I

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