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3.- Ricardo Payaguaje Payaguaje, profesor bilingüe de los Secoyas de San Pablo de Kantesiayá. Cantón Shushufmdi Central. 4.- Están también amenazados de suspensión de pago de bonificaciones: Celestino Payaguaje Payaguaje, profesor bilingüe de los Secoyas de Cebayá. Cantón Shushufmdi Central. 5.- Luis Payaguaje Piaguaje, profesor bilingüe de los Sionas de Campo Eno. Cantón Shushufmdi Central. Los Sionas-Secoyas están organizados en OISE (Organización Indígena Secoya del Ecuador) y sus líderes Elías Piaguaje, Ramón Payaguaje y el Secre· tario Marcelino Lucitande coordinan las aspiraciones tanto de los Sionas- Seco– yas como también, en parte, de los Cofanes. Considero que las minorías étnicas del Nor-<>riente: Huaorani, Cofanes, Sionas, Secoyas, Shuaras y Quichuas, están bajo fuertes presiones económicas, políticas y socio-culturales de la "sociedad envolvente" y la amenaza de la extinción biológica y cultural de los mismos es lamentablemente real. Los valores y la riqueza humana de estas reliquias de la Amazonía Ecuato· riana son contribuciones originales y diversas que enriquecen la cultura pluri– forme del Ecuador y es deber nacional defenderlos y promocionarlos salvándolos de la emergencia y riesgo de exterminio biológico y cultural. Ante el S.O.S. que me han hecho llegar estos pueblos, merecedores de nuestro respeto y gratitud nacional, me pregunto ¿cómo es posible negar las migajas de una bonificación de tres mil quinientos sucres mensuales precisamente en una zona, que, con su producción petrolera está produciendo el 75 por ciento de todo el Presupuesto Nacional? ... Quito, Arch. Eclos. 7.0. 17. MONS. LABACA /Sr. JOSE RIOFRIO, OIR. NAL. DE EO. COMPENSATORIA Quito 12 de diciembre de 1985. Despu~s de 6 Considerandos en los que analizo las leyes ecuatorianos y los ocuer· dos con el Vicoriato concernientes o lo Educación Bilingüe, expo11e varias solicitudes. En mi calidad de Vicario Apostólico de Aguarico, que abarca en su labor los Cantones Orellana, Aguarico y Shushufmdi Central CONSIDERANDO: 1.- Que el Estado garantiza en las escuelas establecidas en las zonas "" predominante población indígena se utilice, además del castellano, el Qukhua o la lengua aborigen respectiva, (Art. 27), . 2.:-.0ue los· establecimientos particulares, de a~uerdo a los convenios o dispo_siciones especiales, se deben establecer en las zonas fronterizas, rural,·s v marg¡nales urbanas, (Regmto. de Ed. Art. 182), .lll
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