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DELEGACION DEL IERAC DE LAGO AGRIO l.- GRUPO COFAN (CUSHMA) INDEPENDIENTE DE RIO RANDE ENO: habita actualmente en las cercanías del río Eno, kilómetro 21 de la carretera Lago Agrio-Coca. Su Jefe es Víctor Quenarná. Ha tenido sus dificultades con la Precooperativa del Río Eno y quieren agruparse en el sitio denominado "Latas del Aguarico". Los límites de la RESERVA que sugieren son los ríos Etégwé y la desembocadura del río Pusino. La población la llamarían "FIUNDIUSI-KANKE". 2.- GRUPO COFAN (CUSHMA) DEL RIO DUWINO: Su Jefe Gregario Quena– má. RESERVA sugerida entre los ríos Herae y Duwino. 3.- GRUPO YUMBO-ALAMA- QUICHUA DE SANTA CECILIA: RESERVA en tramitación en la Delegación de Lago Agrio. 4.- GRUPO COFAN (CUSHMA) DEL DURENO: Su Jefe Eusebio Quenarná. RESERVA sugerida entre los ríos K'ejahue y Pisurié . 5.- GRUPO COFAN- SIONA (CUSHMA) DEL RIO ENO (desembocadura): Su Jefe Dionisia Yiyocuro. RESERVA sugerida, las correspondientes hec– táreas en ambas márgenes del río Eno. 6.- GRUPO SIONA (CUSHMA) DE SHUSHUFINDI: Su Jefe Víctor Payaguaje. RESERVA sugerida entre los ríos Eno y Shushufmdi, ambas márgenes del Aguarico. 7.- GRUPO SECOYA (CUSHMA) DEL RIO CUYABENO; de las lagunas del Cuyabeno; algún otro grupo posible de Tetetes y Angoteros en la proxi– midad de la frontera colombiana, merecerán atención especial también al intensificarse los trabajos petroleros de las Concesionarias CAYMAN DEL ECUADOR... Quito, Ar<h. Edes. 7.0. S. P. JOSE LUIS MUNIAIN /GALO PAREDES MIRANDA, TENIENTE CORONEL Nuevo RO<afuerte 23 de febrero de 1972. Pide autorización poro lo atención religioso en lo guarnición peruano de Pontojo. ...Periódicamente realizarnos la atención religiosa y convivencia por los des– tacamentos militares y casas de indígenas diseminadas por el río Napo fronterizo y por el Aguarico. En el recorrido que hicin10s en diciembre, paran1os un momento en Pantoja (Perú), y recibimos, de parte del jefe del destacamento, la petición de asistencia religiosa. No la tienen en todo el año. Sería una vez al mes, o a lo sumo cada 15 días, en tiempos como cuaresma. La solicitud la juzgarnos razonable, y por ello se la transmitimos a usted, quedando a la espera de su decisión... Quito, Arch. Cap. 8.2. 300

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