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128 A Vl!lLAS Dl!lSPLI!lGADAS *** Los votos perpetuos y públieos.-Dadas las circunstancias, de todo punto anormales, que haobían rodeado la cuna y la infancia del Insti– tuto, no fué posible llegar a la estabilidad canó– nica necesaria, para las religiosas y para su Obra misma. P ero ahora la importancia adquiri– da por el número y la estimación de los Prela– dos y de los pueblos que la solicitaban continua– mente para Hospitales y Colegios, dieron a entender a la Fundadora que había llegado el momento de formalizar definitivamente la situa– ción de sus religiosas, por la profesión pública de votos perpetuos de las que ya estaban bien probadas. Conseguida la necesaria autorización del Sr. Vicario Capitular (s. v.) el día 8 de Febrero del año 1844 celebróse la primera solemnidad pú– blica del Instituto como tal, pronunciando sus votos perpetuos en la Casa Matriz la Madre Paula Delpuig do San Luis y Raimunda Rivas dt~ S. Joaquín. No se varió en lo substancial la fórmula usada por las profesantes hasta enton– ces desde que la sierva de Dios la había consa– grado por sus propios votos el día 6 de Enero de 1826 ante el limo. Sr. Corcuera: pero de privada que era y hecha en el fuero de la con– ciencia, quedó firme y válida en el fuero exter– no eclesiástico, y quedó encuadrado el Instituto dentro del Derecho Canónico.
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