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5-- Por el contexto del canon y de esta ordena– ción se entiende que no se dá leal cumplimien– to a esta prescripción leyendo sólo un libro de instrucción . . . Empero si alguna vez por ra– zón justa, hubiese de suplirse ·la colación o ex– hortación con la lección, podrá hacerse la lec– tura por este tomito g-uardando las pausas me– di tativas donde se ponen los pu-ntos suspensi– vos . .. Las razones -con que ciertos superiores pre– tenden excusarse de esta obligación suelen ser rn uy cómodas . . . Dicen: Los re ligiosos ya saben lo que se ·l·es pue– de decir" . . . Pero como escribía el famoso pred icador P. Cabrera : No pecan los hombres tanto por no saber como por no querer. El su– perior debe despertar o estimular este que– rer . . . La más suave disciplina encuent-ra a veces una enemiga de oposición. Las exhortaciones no deben omitirse por– que algunas veces encuent-ren resistencia. En este punto la prudencia será necesaria, pero la prudencia, en práctica, es una cosa muy problemática y de valor sumamente equívoco. Resta que debemos cumplir con e-1 deber lo mejor posible ; pero cump1ir1o .. . La obligación de ·los cánones citados no es potestativa . .. No hay sistema de gobierno .religioso supe– rior al del ;ejemplo en e·l cumplimiento del de– ber. Las ideas de mando no deben sobreponer– se a las ideas de gobierno; pero el gobierno tie– ne sus leyes, y abandonar un deber no es ro– bemar. El ejemplo es creador y fecundo. Los mismos que pud ieran fastidiarse de las plát icas que se tracen ·por deber, uti·lizarían co– mo arma de ataque, si se dejaran de hacer.

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