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p.rí1n cuidJdo en el espíritu seráfico y tr.1dki.: nes de nuestra Orden; por lo cual h.íg; mles observar los Superiores todas !as leyes. tJnto las de los novicios durante el noviciado, como !Js de los profesos en d trienio que slgue al noviciado, tenien– do sicmprl! en cuenta su dignidad sacer– dotal. 33.- El profeso de votos simples, aobado el tiempo de los votos, puede libremente dejar la religión; de igual mo– do la religión puede por justas y razona– IJles ca usas no admitirle a la renovación de los votos simples. o al acw de la profe– r.ión solemne. pero no por causa de enfer– medad. a no ser q ue se pruebe con cee– reza que la. calló o encubrió dolosamente antes de profesar. Además, también du– rante el tiempo de la profesión simplf:', sí no se le juzgara digno de la profesión solemne, puede ser despedido por el legí– timo Superior, siguiendo las normas del derecho. 34.- Y porque no sin causa reco– mendó nuestro divino Salvador la auste– ridad del vestido de San Juan Bautista. diciendo que " los que visten ricas ves– riduras moran en los palacios de los reyes" : por csro sr. ord~na que los frailes,

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