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____..- _______5:_APÍTULO X__ __ 3? 9 dado por el Visitador hasta en virtud de santa cbedíencia, si fuere preciso (1). § 2. Los religiosos expongan o deda· ren sinceramente al Visitador todas las cosas que tienen a su uso. El que hiciere lo contrario, sin que le- valga pretexto al. guno, sea tenido y castigado como propie· tario (2). Ord. 289.- El Ministro provincial a quien fuere comunicado en secreto un de· lito de algún fraile, no lo puede mani– festar a los Definidores. a no ser que de su delito se siga daño a la religión o al mismo fraile (3). ART. Ill.- De la conferencia espiritual, del capítulo de culpas y de la corrección de los frailes CU1 - 229) Ord. 290.- § l. La conferencia es– piritual que según las Constituciones d~ la Orden debe hacerse una vez, por lo menos, cada mes, sea dicha por el Superior kcal, o si éste Jo dispusiere, por otro (1) C 31. 1637: An. VI. 174-, n. 32. C 32, 1643: An. VI, 236, n. 29. (2) C 24-, 1602: An. V, 167, n. 4-: Or. 35, n. 2. (3) C 37, 167lo An. VIl, 121. n. 72.

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