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Ord. 254.- Se exhorta en el Señor a los Superiores que coñ maternal inte– rés cuiden de proveer a los Lectores, Profesores y estudiantes. tanto sanos co– mo enfermos, de todas las COSC1S nece– sarias ( 1) . Ord. 25 5.- Los estudiantes no ten– gan comunicación con los religiosos del convento, ní sin licencia del Director, o del que haga sus veces, entren nunca bajo ningún pretexto en las celdas de los otros estudiantes. ni cuando en ellas estuvieren. tengan cerrada la puerta (2). Ord. 256.- § l. La divisa del con– vento de estudios debe ser el perfecto si– lencio: por [¡j,flto, los religiosos eviten cuidadosamente cualquier estrépito en el dormitorio y en las celdas: y cuando ha– yan de hablar entre sí o con los scglan>s háganlo en voz humtlde y b..tja (3). § 2. Los estudiantes no hablen sino en los lugares y tiempos designados y siempre con la debida modestia ; y aun más, no quebranten el silencio ni siquíen (1) C 63, 1847: Or. 354, n. 58. (2) e 51. 176 1: An. VIII. 244. n. xm. (1) D J O ~tpt. 1851: Bnl\ar. Ord .. X, 253. 2H . n. \'. -- C 70, 1926.

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