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CAPÍTULO III 297 nos aun de ritmo ba"ílable ; eviten que un coro se adelante al otro o que, anticipán~ dose. principie el versículo siguiente sin haberse acabado el precedente; y no se ~larguen con exceso las sílabas finales o interffiedias de cada verso haciendo colas, sino procuren todos hacer las pausas y las terminaciones al mismo tiempo ( 1). Ord. 52. -Recomendamos encarecida– mente que no se dispensen nunca l.os Mai– tines a medianoche, excepto en los días de recreo extraordinario, según la costumbre de las provincias, y esto aunque los reli– giosos sean pocos en número, con tal que sean suficientes para formar coro ; ni .se conceda tal dispensa por la llegada de al– gún Padre graduado (2) . Ord. 53.- Si en alguna provincia. por las circunstancias de los tiempos, o de los lugares, o ¡)or los muchos trabajos en el cuidado. de las almas, fuese difícil rezar los Maitines y Lau.des a medianoche, los Provinciales de tales províncias rec.u– rran a los Superiores generales (3). Ord. 54.- §l. A los religiosos que (1) e 70, 1926. (2) e 63. 18-17, o,. H2, n. 29. 0) e 65, 1884: .i\n. 11. 231. n. 18.

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