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~NOJCE ALFA.BtTICO iH f'ntuión, 77; norm.1s que se h,ln de obsErVJt en los \•iaju, 78-82: qut han de hacer al 11~· g.11r a un lug.u donde hJy convento nuestro, 82: ~ s('r po~ihlo> vi~jrn .. pie. y del uso del ferro– c;~rril y carruaje, 84; en orden a. oír IH con· "fuiones de los fu ilu dondequi~u que se h~· \lu~n. 127. Y icario c/d conurnto: su nombr,,miento. 156; (.U.:iorlo ha de <1siuir al C.1pitulp provincia\. i ~i). Vi>ea.rio : g.:r"nol qui,:n h=1 de ejc'rccr dicho car– go, 1 ti~: cu~l~s son sus ohlig.llciones y duc· c.hos, 170. -· provincial: quitn h.1 de ejercer dicho cargo, y cu.ih •s son sus obli~acionC'.~ y derechos. 152. V íeemaestro de novicios: su nombramiento. rt · quisitOs y oficio. 16. Vif'eprocurador general: cu.lndo y cómo hd de dtp;irse, 171. Vicesecretarios : vhse Sustitutos. Vida común : los recién profesos han de <.olo– c~rse en los nmvcntos donde aquf!\a está m.is l'n vigor. 3 1: ob!;Üvesc en todos los conn•ntos y por todos los frailes, 111 : rn qu¿ consi.~tl', 11-4; en orden a la clcccíón de Suprriores, J 3 7: uti UJ pleno vigor en Jos convrntos de cstu· dios, 183; han de observarla tJ.mbién los pre– dicadores, 20 7. -- V~ase Observancia regular. Vides : no puedrn cortarse o arrancarse sin el debido permi~o. 112. Vigilias : guoirdut ayuno y ;abstinrncia en Ll. vi– gilia de las ficstu de. san r-r;anci~co y dl' l.1 Inmaculada. Concepción, 69. Visita eanóniea: C!uiine-.~ h.m· de prac:icu:a. 218 ; qué e.~ lo que han de inquirir Jo~ Visitadores, 2 19: de la relación que los Provinciaks y Vi– sitadores generales han de h.1eer ~l Ministro (Cencr~l, 220 ; los Superiores locales o provín– cialts, n:spectiv.Jmcnte, han de dar cuenta al
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